C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN (BOCM-20250124-12)
Concesión subvenciones – Orden 248/2024, de 19 de diciembre, de la Consejería de Digitalización, por la que se resuelven parcialmente las solicitudes de subvenciones de bonos digitales para colectivos económicamente vulnerables (C15.I3) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea – Next Generation EU (Programa Único-Bono Social) en la Comunidad de Madrid dentro de la convocatoria de 2024
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BOCM
Pág. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 20
Tercero
BOCM-20250124-12
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, conforme a
lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a
su notificación. Asimismo, esta Orden podrá ser impugnada potestativamente en reposición
ante el Consejero de Digitalización, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124, de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas para
lo que podrá utilizar el siguiente enlace
https://sede.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurso-reposiciondigitalizacion
Madrid, a 19 de diciembre de 2024.—El Consejero de Digitalización , P. D. el Director General de Estrategia Digital (Orden 47/2024, de 1 de abril; BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 16 de abril), Ignacio Julen Azorín González.
Pág. 162
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 24 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 20
Tercero
BOCM-20250124-12
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, conforme a
lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a
su notificación. Asimismo, esta Orden podrá ser impugnada potestativamente en reposición
ante el Consejero de Digitalización, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124, de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas para
lo que podrá utilizar el siguiente enlace
https://sede.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurso-reposiciondigitalizacion
Madrid, a 19 de diciembre de 2024.—El Consejero de Digitalización , P. D. el Director General de Estrategia Digital (Orden 47/2024, de 1 de abril; BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID de 16 de abril), Ignacio Julen Azorín González.