D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20250122-28)
Autorización instalación eléctrica – Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto para la modificación de 1 línea subterránea de 220 kV en doble circuito denominada AENA-Hortaleza/Hortaleza-San Sebastián de los Reyes, ubicada en calle Roquetas de Mar, 9, en el término municipal de Madrid, solicitada por Red Eléctrica de España, S. A. U. (Número de expediente: 2022P397-14-0141-00397.3/2022)
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BOCM
Pág. 126
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 22 DE ENERO DE 2025
B.O.C.M. Núm. 18
tada instalación a los planes de desarrollo de la red, a la gestión técnica del sistema y al régimen económico, según se determina en el artículo 35 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el artículo 114 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Con fecha 12 de julio de 2022 esta Dirección General remite solicitud al órgano competente de la Administración General del Estado. En fecha 19 de agosto de 2022 (referencia de registro de entrada 10/575937.9/22) se recibe informe favorable emitido por la Dirección General de Política Energética y Minas.
Sexto
En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984,
de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas; el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior; la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Decreto 70/2010, de 7
de octubre, para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de
alta tensión; la Orden de 31 de enero de 2011, por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión; el Real Decreto 1955/2000, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y
procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 131/1997,
de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas; la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por
la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid, y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento sobre condiciones técnicas y
garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión
y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014,
de 9 de mayo.
Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de
Transición Energética y Economía Circular en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas,
RESUELVE
Autorizar a Red Eléctrica de España, S. A. U., la modificación de 1 línea subterránea
de 220 kV en doble circuito denominada AENA-Hortaleza/Hortaleza-San Sebastián de los
Reyes, ubicada en calle Roquetas de Mar, 9, del término municipal de Madrid, cuyas características y ubicación, en coordenadas UTM referidas al huso 30, son:
— Modificación de la línea a 220 kV de doble circuito, denominada AENA-Hortaleza/Hortaleza-San Sebastián de los Reyes, sustituyendo tramo con tecnología de cable OF (oil filled) por cable seco.
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tada instalación a los planes de desarrollo de la red, a la gestión técnica del sistema y al régimen económico, según se determina en el artículo 35 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el artículo 114 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Con fecha 12 de julio de 2022 esta Dirección General remite solicitud al órgano competente de la Administración General del Estado. En fecha 19 de agosto de 2022 (referencia de registro de entrada 10/575937.9/22) se recibe informe favorable emitido por la Dirección General de Política Energética y Minas.
Sexto
En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984,
de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas; el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior; la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Decreto 70/2010, de 7
de octubre, para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de
alta tensión; la Orden de 31 de enero de 2011, por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión; el Real Decreto 1955/2000, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y
procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 131/1997,
de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas; la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por
la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid, y el Decreto 19/2008, de 13 de marzo, que la desarrolla, el Reglamento sobre condiciones técnicas y
garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado por Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión
y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014,
de 9 de mayo.
Segundo
Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así
como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de
Transición Energética y Economía Circular en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas,
RESUELVE
Autorizar a Red Eléctrica de España, S. A. U., la modificación de 1 línea subterránea
de 220 kV en doble circuito denominada AENA-Hortaleza/Hortaleza-San Sebastián de los
Reyes, ubicada en calle Roquetas de Mar, 9, del término municipal de Madrid, cuyas características y ubicación, en coordenadas UTM referidas al huso 30, son:
— Modificación de la línea a 220 kV de doble circuito, denominada AENA-Hortaleza/Hortaleza-San Sebastián de los Reyes, sustituyendo tramo con tecnología de cable OF (oil filled) por cable seco.
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