Robledo de Chavela (BOCM-20230321-75)
Urbanismo. Estatutos entidad urbanística
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 68
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 21 DE MARZO DE 2023
Pág. 215
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
75
ROBLEDO DE CHAVELA
URBANISMO
BOCM-20230321-75
Aprobada definitivamente la modificación de Estatutos que regularán la composición
y funcionamiento de la Entidad Urbanística de Conservación e incorporación de nuevos vocales a la Junta Directiva de Río Cofio.
Por resolución de Alcaldía, de 7 de febrero de 2023,, se publica a los efectos del artículo 162.4 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del
Suelo y Ordenación Urbana.
Asimismo, la resolución estará a disposición de los interesados en la sede electrónica
de este Ayuntamiento (dirección https://sede.aytorobledo.es/eAdmin/Sede.do ).
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación
del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel
sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Robledo de Chavela, a 8 de febrero de 2023.—El alcalde-presidente, Fernando Casado
Quijada.
(02/2.267/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 68
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
75
ROBLEDO DE CHAVELA
URBANISMO
BOCM-20230321-75
Aprobada definitivamente la modificación de Estatutos que regularán la composición
y funcionamiento de la Entidad Urbanística de Conservación e incorporación de nuevos vocales a la Junta Directiva de Río Cofio.
Por resolución de Alcaldía, de 7 de febrero de 2023,, se publica a los efectos del artículo 162.4 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del
Suelo y Ordenación Urbana.
Asimismo, la resolución estará a disposición de los interesados en la sede electrónica
de este Ayuntamiento (dirección https://sede.aytorobledo.es/eAdmin/Sede.do ).
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación
del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel
sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Robledo de Chavela, a 8 de febrero de 2023.—El alcalde-presidente, Fernando Casado
Quijada.
(02/2.267/23)
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ISSN 1989-4791