C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20230316-44)
Regulación comedores sociales –  Resolución 148/2023, de 1 de marzo, de la Dirección General de Servicios Sociales de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se regula la concesión de plazas en los comedores sociales de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 64

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 16 DE MARZO DE 2023

Pág. 183

Datos de contacto del delegado de protección de datos:
— Acceder a protecciondatos-psociales@madrid.org , o bien a la dirección postal calle
O’Donnell, número 50, de Madrid.
Vigesimoprimero
Convenios con Entidades Locales
La Consejería competente en materia de servicios sociales podrá celebrar convenios
con las entidades locales del territorio de la Comunidad de Madrid para la gestión de plazas en los comedores sociales.
En estos supuestos, el acceso al servicio de comedor se realizará de acuerdo a las especificaciones señaladas en los citados Convenios.
Vigesimosegundo
Entrada en vigor y fecha de efectos

BOCM-20230316-44

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente a la fecha de su publicación en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y estará vigente hasta la aprobación,
por parte de la Consejería con competencias en materia de servicios sociales, de la Orden
por la que se regula la concesión de plazas en los comedores sociales de la Comunidad de
Madrid.
No obstante, lo dispuesto en el apartado anterior, la presente Resolución será de aplicación a las solicitudes presentadas con posterioridad al 31 de diciembre de 2022 siempre
que se encuentren pendientes de resolución por parte de la dirección general competente en
la materia de asignación de plazas en comedores sociales.
Madrid, a 1 de marzo de 2023.—El Director General de Servicios Sociales, Fernando
Ignacio Ayres Janeiro.