C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20220418-16)
Plan estratégico subvenciones –  Orden 712/2022, de 31 de marzo, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se modifica la Orden 568/2021, de 8 de marzo, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones en materia de concesión de becas para el estudio de Bachillerato
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE ABRIL DE 2022

B.O.C.M. Núm. 91

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía
ORDEN 712/2022, de 31 de marzo, del Consejero de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se modifica la Orden 568/2021, de
8 de marzo, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se aprobó el Plan
Estratégico de Subvenciones en materia de concesión de becas para el estudio
de Bachillerato.

La Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía, en virtud del Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de noviembre) es el órgano de la
administración de la Comunidad de Madrid al que se atribuyen las competencias en relación con la enseñanza, siendo la administración educativa competente de la Comunidad de
Madrid a los efectos que previene el conjunto del ordenamiento jurídico vigente en materia educativa.
La Comunidad de Madrid viene impulsando una serie de medidas para la mejora y modernización de la educación y de la formación entre las que se encuentra la política de ayudas y becas al estudio que tienen por objeto promover una formación de calidad que facilite el acceso de los jóvenes a la vida profesional o a estudios de grado superior.
El cumplimiento del deber constitucional de garantizar que el derecho a la educación
se extiende a la enseñanza postobligatoria, requiere que las actuaciones de los poderes públicos vayan encaminadas a tratar de evitar que las desventajas socioeconómicas u otras circunstancias especiales puedan impedir o dificultar este derecho a las familias.
Por otra parte, desde el Gobierno se viene apoyando la libertad de elección de centro
escolar por las familias entre una pluralidad de centros y proyectos educativos de calidad.
Así se desprende del Decreto 29/2013, de 11 de abril, del Consejo de Gobierno, de libertad
de elección de centro escolar en la Comunidad de Madrid. Esta elección podría verse limitada si los alumnos no pueden completar sus estudios postobligatorios en el centro donde
han venido realizando la enseñanza obligatoria, debido a razones socioeconómicas.
Estas becas, por lo tanto, tiene como finalidad garantizar la libertad de elección de las
familias entre una pluralidad de centros y proyectos educativos de calidad, dando continuidad a las mismas incrementando su cuantía y los beneficiarios que cursan estudios de bachillerato en los centros de la Comunidad de Madrid.
Para el curso 2022-2023, se extiende la posibilidad de solicitar becas para el estudio
de bachillerato a todos los alumnos escolarizados en centros privados autorizados por la
Consejería competente en materia de educación, ubicados en el territorio de la Comunidad
de Madrid.
En definitiva, se pretende, en la medida de lo posible, remover los obstáculos económicos que puedan tener algunas familias para garantizar que sus hijos, que comienzan los
estudios postobligatorios, los puedan hacer en el centro de su elección.
Con el fin de conseguir que estas becas alcancen mayoritariamente a solicitantes en situación socioeconómica desfavorecida se establece un límite máximo de renta per cápita familiar por encima del cual no se podrá ser beneficiario.
Para programar el cumplimiento del citado objetivo, en el marco de las competencias
anteriormente señaladas y de conformidad con lo previsto en el artículo 4 bis de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, la Consejería de
Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía modifica el vigente Plan Estratégico en el
que se definen los objetivos y efectos que se pretenden alcanzar mediante el establecimiento de becas para el estudio de bachillerato en la Comunidad de Madrid.

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