D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20220416-4)
Convenio – Convenio de 29 de marzo de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Campos de Golf de Madrid, para el posicionamiento de la Comunidad de Madrid como destino turístico de golf
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BOCM
Pág. 120
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 16 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 90
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
4
CONVENIO de 29 de marzo de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Campos de Golf de Madrid, para el posicionamiento de la Comunidad de
Madrid como destino turístico de golf.
En Madrid, a 29 de marzo de 2022.
REUNIDOS
De una parte, doña Marta Rivera de la Cruz, Consejera de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid (en adelante la Comunidad de Madrid) nombrada mediante
Decreto 51/2021, de 19 de junio, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 229/2021, de 13
de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte así como en la normativa competencial que justifica su intervención en
concreto el artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula la actividad convencional en la Comunidad de Madrid.
De una parte, don Íñigo Garamendi actuando en representación de la Asociación de
Campos de Golf de Madrid con CIF G87133906 y domicilio carretera de Algete a Alalpardo, kilómetro 2,3 Valdeolmos, 28130 Madrid, en su condición de Presidente de conformidad con el Acta de la Asamblea General Ordinaria de la Asociación de Campos de Golf de
Madrid, con fecha 9 de diciembre de 2021.
Actúan cada uno de ellos en la representación que ostentan reconociéndose mutuamente capacidad para obligarse mediante el presente Convenio y, a tal efecto
I. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 26.1.1.21 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983 de 25 de febrero,
corresponde a ésta la competencia exclusiva en materia de materia de promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial.
La Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de
Madrid, en su Título III, Capítulo II, se refiere a la promoción de turismo como el conjunto
de actividades y medios a través de los cuales la Consejería competente en materia de turismo favorece la demanda de servicios turísticos en la Comunidad de Madrid y apoya la comercialización de los productos turísticos regionales en el ámbito nacional e internacional.
Entre las competencias que tiene atribuida la Dirección General de Turismo mediante
el Decreto 229/2021 de 13 de octubre del Consejo de Gobierno, están, entre otras, las de
coordinación, fomento y planificación del sector y de la actividad turística y la sostenibilidad; la elaboración de estrategias y planes que faciliten la creación y promoción de productos de alto valor añadido para el turismo, con capacidad desestacionalizadora, así como la
promoción del sector turístico madrileño a nivel nacional e internacional.
II. Que uno de los objetivos estratégicos de la Comunidad de Madrid en materia de
turismo es el aumentar el número de turistas que llegan a la región (siempre dentro de los
límites y garantías sanitarias marcados por la actual crisis de la COVID 19) bajo criterios
de sostenibilidad y distribución de los flujos turísticos y los ingresos por ellos generados
además de mejorar el posicionamiento de la Comunidad de Madrid en el mercado turístico.
III. Que se considera fundamental participar en proyectos que proporcionen un alto
valor añadido al sector turístico aumentando las pernoctaciones y el gasto turístico para conseguir la revitalización de la industria turística, buscando nuevos nichos de mercado que contribuyan a reforzar el posicionamiento de la Comunidad de Madrid como destino turístico.
IV. Que el turismo de golf atrae a España a más de 1 millón de extranjeros al año. La
Comunidad de Madrid, lejos de ser un destino clásico de golf, es uno de los lugares con mayor potencial. Los efectos del golf en la Comunidad de Madrid generaron un impacto total
de 233 millones de euros durante el 2018. Según los datos de la Evaluación del Impacto
Económico del Golf en la Comunidad de Madrid (EIEGOLF) el turista de golf gasta de me-
BOCM-20220416-4
EXPONEN
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CONVENIO de 29 de marzo de 2022, entre la Comunidad de Madrid y la Asociación Campos de Golf de Madrid, para el posicionamiento de la Comunidad de
Madrid como destino turístico de golf.
En Madrid, a 29 de marzo de 2022.
REUNIDOS
De una parte, doña Marta Rivera de la Cruz, Consejera de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid (en adelante la Comunidad de Madrid) nombrada mediante
Decreto 51/2021, de 19 de junio, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 229/2021, de 13
de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte así como en la normativa competencial que justifica su intervención en
concreto el artículo 3 del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula la actividad convencional en la Comunidad de Madrid.
De una parte, don Íñigo Garamendi actuando en representación de la Asociación de
Campos de Golf de Madrid con CIF G87133906 y domicilio carretera de Algete a Alalpardo, kilómetro 2,3 Valdeolmos, 28130 Madrid, en su condición de Presidente de conformidad con el Acta de la Asamblea General Ordinaria de la Asociación de Campos de Golf de
Madrid, con fecha 9 de diciembre de 2021.
Actúan cada uno de ellos en la representación que ostentan reconociéndose mutuamente capacidad para obligarse mediante el presente Convenio y, a tal efecto
I. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 26.1.1.21 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983 de 25 de febrero,
corresponde a ésta la competencia exclusiva en materia de materia de promoción y ordenación del turismo en su ámbito territorial.
La Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de
Madrid, en su Título III, Capítulo II, se refiere a la promoción de turismo como el conjunto
de actividades y medios a través de los cuales la Consejería competente en materia de turismo favorece la demanda de servicios turísticos en la Comunidad de Madrid y apoya la comercialización de los productos turísticos regionales en el ámbito nacional e internacional.
Entre las competencias que tiene atribuida la Dirección General de Turismo mediante
el Decreto 229/2021 de 13 de octubre del Consejo de Gobierno, están, entre otras, las de
coordinación, fomento y planificación del sector y de la actividad turística y la sostenibilidad; la elaboración de estrategias y planes que faciliten la creación y promoción de productos de alto valor añadido para el turismo, con capacidad desestacionalizadora, así como la
promoción del sector turístico madrileño a nivel nacional e internacional.
II. Que uno de los objetivos estratégicos de la Comunidad de Madrid en materia de
turismo es el aumentar el número de turistas que llegan a la región (siempre dentro de los
límites y garantías sanitarias marcados por la actual crisis de la COVID 19) bajo criterios
de sostenibilidad y distribución de los flujos turísticos y los ingresos por ellos generados
además de mejorar el posicionamiento de la Comunidad de Madrid en el mercado turístico.
III. Que se considera fundamental participar en proyectos que proporcionen un alto
valor añadido al sector turístico aumentando las pernoctaciones y el gasto turístico para conseguir la revitalización de la industria turística, buscando nuevos nichos de mercado que contribuyan a reforzar el posicionamiento de la Comunidad de Madrid como destino turístico.
IV. Que el turismo de golf atrae a España a más de 1 millón de extranjeros al año. La
Comunidad de Madrid, lejos de ser un destino clásico de golf, es uno de los lugares con mayor potencial. Los efectos del golf en la Comunidad de Madrid generaron un impacto total
de 233 millones de euros durante el 2018. Según los datos de la Evaluación del Impacto
Económico del Golf en la Comunidad de Madrid (EIEGOLF) el turista de golf gasta de me-
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