C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20220413-20)
Plan estratégico subvenciones – Orden 741/2022, de 5 de abril, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se aprueba el Plan Estratégico para los años 2022, 2023 y 2024, de la concesión directa de una subvención a la Universidad Complutense de Madrid para la financiación de los gastos correspondientes a la gestión de las actividades y trabajos del Distrito Universitario Único Madrileño
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 86
MIÉRCOLES 13 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 88
ANEXO
1. Ámbito normativo
— Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su redacción vigente (“Boletín Oficial del Estado” número 307, de 21 de diciembre de 2001).
— Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de
21 de diciembre, de Universidades (“Boletín Oficial del Estado” número 89, 13 abril de
2007).
— Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
— Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de
las enseñanzas universitarias oficiales (“Boletín Oficial del Estado” número 260,
de 30 de octubre de 2007).
— Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el
que establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid.
— Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía.
2. Objetivos estratégicos que se pretende alcanzar con la ejecución del Plan
— Contribuir en el mantenimiento de un sistema de Distrito Único Universitario para
el ámbito de la Comunidad de Madrid, con el fin de garantizar la equidad y transparencia en los procesos de admisión a las universidades públicas madrileñas.
3. Línea de subvención
Concesión directa de una subvención a la Universidad Complutense de Madrid para la
financiación de los gastos correspondientes a la gestión de las actividades y trabajos del
Distrito Universitario Único Madrileño.
La subvención que se propone tiene como finalidad contribuir al mantenimiento del Distrito Universitario Único Madrileño, por ser una pieza fundamental para la coordinación de la preinscripción y matriculación en las Universidades Públicas madrileñas; garantizado así un acceso
a la oferta pública de estudios oficiales de grado de acuerdo con los principios de igualdad, eficacia y transparencia; facilitando a los estudiantes el acceso a la oferta universitaria pública de estudios universitarios de grado a través de un método ágil, sencillo, transparente y eficaz.
Esta actuación se realizará por el sistema de concesión directa a la Universidad Complutense de Madrid mediante el correspondiente convenio, la cual llevará a cabo las actuaciones de
gestión del Distrito Universitario Único Madrileño correspondiente al acceso a los estudios de
grado para los cursos: 2022-2023, 2023-2024 y 2024-2025. La financiación de esta línea de actuación tendrá un importe máximo de 300.000 euros por cada curso académico, con cargo a los
presupuestos del año 2022 (curso 2022-2023), 2023 (2023-2014) y 2024 (curso 2024-2025).
Se establece un escenario de actuaciones para los próximos tres ejercicios presupuestarios y referido a los cursos académicos que se especifican en el cuadro final.
El gasto previsible destinado a estas ayudas se financiará con cargo a los presupuestos
para los años 2022, 2023 y 2024 conforme a la siguiente distribución de anualidades:
— 2022: 300.000 euros.
— 2023: 300.000 euros.
— 2024: 300.000 euros.
Importe total: 900.000 euros.
5. Fuentes de financiación
La financiación de las líneas de actuación que se presentan correrá a cargo del crédito
que a tal efecto figure en el programa 322C (Universidades), de los Presupuestos de gastos
de la Consejería competente en materia de Universidades para los años 2022, 2023, y 2024.
BOCM-20220413-20
4. Costes presupuestarios previsibles
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 86
MIÉRCOLES 13 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 88
ANEXO
1. Ámbito normativo
— Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en su redacción vigente (“Boletín Oficial del Estado” número 307, de 21 de diciembre de 2001).
— Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de
21 de diciembre, de Universidades (“Boletín Oficial del Estado” número 89, 13 abril de
2007).
— Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
— Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de
las enseñanzas universitarias oficiales (“Boletín Oficial del Estado” número 260,
de 30 de octubre de 2007).
— Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
— Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el
que establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid.
— Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía.
2. Objetivos estratégicos que se pretende alcanzar con la ejecución del Plan
— Contribuir en el mantenimiento de un sistema de Distrito Único Universitario para
el ámbito de la Comunidad de Madrid, con el fin de garantizar la equidad y transparencia en los procesos de admisión a las universidades públicas madrileñas.
3. Línea de subvención
Concesión directa de una subvención a la Universidad Complutense de Madrid para la
financiación de los gastos correspondientes a la gestión de las actividades y trabajos del
Distrito Universitario Único Madrileño.
La subvención que se propone tiene como finalidad contribuir al mantenimiento del Distrito Universitario Único Madrileño, por ser una pieza fundamental para la coordinación de la preinscripción y matriculación en las Universidades Públicas madrileñas; garantizado así un acceso
a la oferta pública de estudios oficiales de grado de acuerdo con los principios de igualdad, eficacia y transparencia; facilitando a los estudiantes el acceso a la oferta universitaria pública de estudios universitarios de grado a través de un método ágil, sencillo, transparente y eficaz.
Esta actuación se realizará por el sistema de concesión directa a la Universidad Complutense de Madrid mediante el correspondiente convenio, la cual llevará a cabo las actuaciones de
gestión del Distrito Universitario Único Madrileño correspondiente al acceso a los estudios de
grado para los cursos: 2022-2023, 2023-2024 y 2024-2025. La financiación de esta línea de actuación tendrá un importe máximo de 300.000 euros por cada curso académico, con cargo a los
presupuestos del año 2022 (curso 2022-2023), 2023 (2023-2014) y 2024 (curso 2024-2025).
Se establece un escenario de actuaciones para los próximos tres ejercicios presupuestarios y referido a los cursos académicos que se especifican en el cuadro final.
El gasto previsible destinado a estas ayudas se financiará con cargo a los presupuestos
para los años 2022, 2023 y 2024 conforme a la siguiente distribución de anualidades:
— 2022: 300.000 euros.
— 2023: 300.000 euros.
— 2024: 300.000 euros.
Importe total: 900.000 euros.
5. Fuentes de financiación
La financiación de las líneas de actuación que se presentan correrá a cargo del crédito
que a tal efecto figure en el programa 322C (Universidades), de los Presupuestos de gastos
de la Consejería competente en materia de Universidades para los años 2022, 2023, y 2024.
BOCM-20220413-20
4. Costes presupuestarios previsibles