Móstoles número 2 (BOCM-20220413-111)
Ejecución 66/2022
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 322
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 88
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
111
MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Hago saber: Que en la ejecución número 66/2022 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Alfonso Linares Salazar, frente a Desarrollos Urbanísticos
Luvisa, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado diligencia de ordenación
de 7 de abril de 2022, del tenor literal siguiente:
Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña María
Isabel Cano Campaña.—En Móstoles, a 7 de abril de 2022.
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en
sentencia de fecha 16 de septiembre de 2021, a la empresa Desarrollos Urbanísticos Luvisa, S. L., en favor del demandante, don Pedro Alfonso Linares Salazar, y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo
social, sito en calle San Antonio, número 4-6, planta baja, 28931, el día 3 de mayo de 2022,
a las 09:10 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha
alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en
orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no
acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá
la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander con
número 2851-0000-64-0066-22, y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de
trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de
constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria a la cuenta del Banco Santander de este Juzgado con IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274, indicando en el campo
“Observaciones o concepto” los dígitos 2851-0000-64-0066-22.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Desarrollos Urbanísticos Luvisa, S.
L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a 7 de abril de 2022.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/7.215/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20220413-111
Doña María Isabel Cano Campaña, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de
lo social número 2 de Móstoles.
Pág. 322
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 88
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
111
MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Hago saber: Que en la ejecución número 66/2022 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Alfonso Linares Salazar, frente a Desarrollos Urbanísticos
Luvisa, S. L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado diligencia de ordenación
de 7 de abril de 2022, del tenor literal siguiente:
Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña María
Isabel Cano Campaña.—En Móstoles, a 7 de abril de 2022.
El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en
sentencia de fecha 16 de septiembre de 2021, a la empresa Desarrollos Urbanísticos Luvisa, S. L., en favor del demandante, don Pedro Alfonso Linares Salazar, y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo
social, sito en calle San Antonio, número 4-6, planta baja, 28931, el día 3 de mayo de 2022,
a las 09:10 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha
alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en
orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no
acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá
la ejecutividad de lo que se acuerda siendo necesario la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad Banco Santander con
número 2851-0000-64-0066-22, y exigible únicamente a quienes no tengan la condición de
trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de
constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria a la cuenta del Banco Santander de este Juzgado con IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274, indicando en el campo
“Observaciones o concepto” los dígitos 2851-0000-64-0066-22.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Desarrollos Urbanísticos Luvisa, S.
L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a 7 de abril de 2022.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).
(03/7.215/22)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20220413-111
Doña María Isabel Cano Campaña, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de
lo social número 2 de Móstoles.