D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20220413-36)
Convenio – Convenio específico de 4 de abril de 2022, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Juegaterapia, para la remodelación del pasillo del Servicio de Pediatría de la planta tercera del Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 88
MIÉRCOLES 13 DE ABRIL DE 2022
Pág. 187
ANEXO II
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN
SIN ACCESO A DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Con base en el presente Convenio, la Consejería de Sanidad de la Comunidad de
Madrid y la Fundación Juegaterapia, acuerdan con arreglo a la información creada y suministrada entre las partes las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Confidencialidad
La creación e intercambio de cualquier tipo de información como consecuencia de la
ejecución del Convenio, no implica un tratamiento de datos de carácter personal propiedad
de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por lo que se prohíbe a la Fundación Juegaterapia el acceso y tratamiento a dichos datos. La Fundación Juegaterapia se
compromete a informar a su personal de esta prohibición y de guardar el debido secreto y
confidencialidad con respecto a la información confidencial a la que accediese por error o
de manera accidental.
Sin perjuicio de lo anterior, las partes se comprometen a guardar secreto con respecto a
la información confidencial a la que tengan acceso como consecuencia del presente Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno; y
la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de
Madrid.
Segunda
Deber de información mutuo
Tercera
Responsabilidad
La Fundación Juegaterapia se compromete a cumplir con las obligaciones establecidas
en el presente Anexo. Las partes responderán de las infracciones en que hubiesen incurrido personalmente, manteniendo indemne a la parte contraria frente a cualquier perjuicio
que se derivase de dicha infracción.
(03/6.860/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20220413-36
Las partes informan a los representantes firmantes del presente convenio específico de
que sus datos de carácter personal, van a ser tratados con la finalidad estipulada en el convenio, siendo imprescindible para ello que se aporten sus datos identificativos, el cargo que
ostentan, número de DNI o documento equivalente y su firma.
Asimismo, las partes garantizan cumplir con el deber de información con respecto a
sus empleados cuyos datos personales sean comunicados entre las partes para el mantenimiento y cumplimiento del convenio. Las partes se comunicarán mutuamente la identidad
de sus Delegados de Protección de Datos, en caso de que dicho nombramiento les sea de
aplicación.
La base jurídica que legitima el tratamiento de los datos de los interesados es la necesidad para la celebración y ejecución del presente convenio específico.
Los datos serán conservados durante la vigencia del Convenio y una vez finalizado,
durante los plazos establecidos en la legislación vigente con la finalidad de atender a las posibles responsabilidades derivadas de su firma.
En todo caso, los afectados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación, portabilidad ante la parte que corresponda a través de comunicación por escrito al domicilio social del Responsable, aportando fotocopia de su DNI
o documento equivalente e identificando el derecho que se solicita. Asimismo, en caso de
considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrán interponer una
reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 88
MIÉRCOLES 13 DE ABRIL DE 2022
Pág. 187
ANEXO II
ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD Y TRATAMIENTO DE INFORMACIÓN
SIN ACCESO A DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Con base en el presente Convenio, la Consejería de Sanidad de la Comunidad de
Madrid y la Fundación Juegaterapia, acuerdan con arreglo a la información creada y suministrada entre las partes las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Confidencialidad
La creación e intercambio de cualquier tipo de información como consecuencia de la
ejecución del Convenio, no implica un tratamiento de datos de carácter personal propiedad
de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por lo que se prohíbe a la Fundación Juegaterapia el acceso y tratamiento a dichos datos. La Fundación Juegaterapia se
compromete a informar a su personal de esta prohibición y de guardar el debido secreto y
confidencialidad con respecto a la información confidencial a la que accediese por error o
de manera accidental.
Sin perjuicio de lo anterior, las partes se comprometen a guardar secreto con respecto a
la información confidencial a la que tengan acceso como consecuencia del presente Convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013,
de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno; y
la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de
Madrid.
Segunda
Deber de información mutuo
Tercera
Responsabilidad
La Fundación Juegaterapia se compromete a cumplir con las obligaciones establecidas
en el presente Anexo. Las partes responderán de las infracciones en que hubiesen incurrido personalmente, manteniendo indemne a la parte contraria frente a cualquier perjuicio
que se derivase de dicha infracción.
(03/6.860/22)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20220413-36
Las partes informan a los representantes firmantes del presente convenio específico de
que sus datos de carácter personal, van a ser tratados con la finalidad estipulada en el convenio, siendo imprescindible para ello que se aporten sus datos identificativos, el cargo que
ostentan, número de DNI o documento equivalente y su firma.
Asimismo, las partes garantizan cumplir con el deber de información con respecto a
sus empleados cuyos datos personales sean comunicados entre las partes para el mantenimiento y cumplimiento del convenio. Las partes se comunicarán mutuamente la identidad
de sus Delegados de Protección de Datos, en caso de que dicho nombramiento les sea de
aplicación.
La base jurídica que legitima el tratamiento de los datos de los interesados es la necesidad para la celebración y ejecución del presente convenio específico.
Los datos serán conservados durante la vigencia del Convenio y una vez finalizado,
durante los plazos establecidos en la legislación vigente con la finalidad de atender a las posibles responsabilidades derivadas de su firma.
En todo caso, los afectados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación, portabilidad ante la parte que corresponda a través de comunicación por escrito al domicilio social del Responsable, aportando fotocopia de su DNI
o documento equivalente e identificando el derecho que se solicita. Asimismo, en caso de
considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrán interponer una
reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.