D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20220413-36)
Convenio – Convenio específico de 4 de abril de 2022, entre la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Fundación Juegaterapia, para la remodelación del pasillo del Servicio de Pediatría de la planta tercera del Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 184
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 88
— Acordar con las unidades de prensa y comunicación de la Consejería de Sanidad, el
Servicio Madrileño de Salud y el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”,
la difusión de las intervenciones realizadas en los medios de comunicación.
— Informar a todas las personas involucradas en el desarrollo y ejecución de este
convenio específico sobre la obligación de observar las prevenciones en materia
de protección de datos personales desarrolladas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el Real Decreto-Ley 14/2019, de 31 de octubre, relativo a las medidas
urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital,
contratación del sector público y telecomunicaciones.
Tercera
Financiación
La ejecución del presente convenio no generará obligaciones económicas para la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, ni para el Servicio Madrileño de Salud.
La Fundación facilitará los recursos necesarios para llevar a cabo la adecuación de espacios en el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón” mediante las acciones previstas en el Anexo I y cuyo coste se estima en 63.000 euros, IVA incluido.
Cuarta
Para el desarrollo del presente convenio específico se crea una comisión mixta de seguimiento cuya composición será la siguiente:
— Un representante de la Consejería de Sanidad: el titular del órgano competente en
materia de despliegue de actuaciones que garanticen la humanización de la asistencia sanitaria o persona en quien delegue.
— Un representante del Servicio Madrileño de Salud: el titular del órgano competente en materia de infraestructuras sanitarias en el ámbito hospitalario o persona en
quien delegue
— Un representante de la Fundación Juegaterapia: el titular de la presidencia de la
Fundación, o persona en quien delegue.
Será Presidente de la Comisión Mixta de Seguimiento, el titular del órgano competente
en materia de infraestructuras sanitarias en el ámbito hospitalario o persona en quien delegue.
Actuará como secretario un técnico de apoyo del Servicio Madrileño de Salud, que ostentará derecho de voz pero sin voto y que será nombrado por el Director General de Hospitales e Infraestructuras Sanitarias.
Serán funciones de la citada comisión:
— Estudiar las propuestas de actuaciones.
— Velar por el buen desarrollo de todas y cada una de las actividades llevadas a cabo
de acuerdo con el objeto del convenio, así como su seguimiento y evaluación.
— Resolver cuantas dudas y discrepancias surjan en la interpretación y aplicación del
convenio.
La comisión se constituirá en los dos primeros meses a partir de la firma del convenio.
Se reunirá con carácter ordinario al menos una vez durante la vigencia del convenio y con carácter extraordinario, cuando lo solicite cualquiera de las partes, comunicando previamente
los asuntos a tratar. Esta comisión se convocará con una antelación mínima de 48 horas.
El funcionamiento de la comisión se regulará por lo establecido en esta cláusula y de
manera supletoria, en lo previsto en la sección 3 del capítulo II del título preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
A la comisión de seguimiento podrán ser convocadas las personas expertas que la naturaleza de los asuntos a tratar así lo requiera, quienes actuarán con voz pero sin voto.
Quinta
Seguros
La fundación suscribirá una póliza de seguros de accidentes y enfermedad y de responsabilidad civil por importe de 600.000 euros, que cubra los posibles daños propios o a terceros producidos en el ejercicio de las actuaciones encomendadas.
BOCM-20220413-36
Comisión mixta de seguimiento
Pág. 184
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 88
— Acordar con las unidades de prensa y comunicación de la Consejería de Sanidad, el
Servicio Madrileño de Salud y el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”,
la difusión de las intervenciones realizadas en los medios de comunicación.
— Informar a todas las personas involucradas en el desarrollo y ejecución de este
convenio específico sobre la obligación de observar las prevenciones en materia
de protección de datos personales desarrolladas en la Ley Orgánica 3/2018, de 5
de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en el Real Decreto-Ley 14/2019, de 31 de octubre, relativo a las medidas
urgentes por razones de seguridad pública en materia de administración digital,
contratación del sector público y telecomunicaciones.
Tercera
Financiación
La ejecución del presente convenio no generará obligaciones económicas para la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, ni para el Servicio Madrileño de Salud.
La Fundación facilitará los recursos necesarios para llevar a cabo la adecuación de espacios en el Hospital General Universitario “Gregorio Marañón” mediante las acciones previstas en el Anexo I y cuyo coste se estima en 63.000 euros, IVA incluido.
Cuarta
Para el desarrollo del presente convenio específico se crea una comisión mixta de seguimiento cuya composición será la siguiente:
— Un representante de la Consejería de Sanidad: el titular del órgano competente en
materia de despliegue de actuaciones que garanticen la humanización de la asistencia sanitaria o persona en quien delegue.
— Un representante del Servicio Madrileño de Salud: el titular del órgano competente en materia de infraestructuras sanitarias en el ámbito hospitalario o persona en
quien delegue
— Un representante de la Fundación Juegaterapia: el titular de la presidencia de la
Fundación, o persona en quien delegue.
Será Presidente de la Comisión Mixta de Seguimiento, el titular del órgano competente
en materia de infraestructuras sanitarias en el ámbito hospitalario o persona en quien delegue.
Actuará como secretario un técnico de apoyo del Servicio Madrileño de Salud, que ostentará derecho de voz pero sin voto y que será nombrado por el Director General de Hospitales e Infraestructuras Sanitarias.
Serán funciones de la citada comisión:
— Estudiar las propuestas de actuaciones.
— Velar por el buen desarrollo de todas y cada una de las actividades llevadas a cabo
de acuerdo con el objeto del convenio, así como su seguimiento y evaluación.
— Resolver cuantas dudas y discrepancias surjan en la interpretación y aplicación del
convenio.
La comisión se constituirá en los dos primeros meses a partir de la firma del convenio.
Se reunirá con carácter ordinario al menos una vez durante la vigencia del convenio y con carácter extraordinario, cuando lo solicite cualquiera de las partes, comunicando previamente
los asuntos a tratar. Esta comisión se convocará con una antelación mínima de 48 horas.
El funcionamiento de la comisión se regulará por lo establecido en esta cláusula y de
manera supletoria, en lo previsto en la sección 3 del capítulo II del título preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
A la comisión de seguimiento podrán ser convocadas las personas expertas que la naturaleza de los asuntos a tratar así lo requiera, quienes actuarán con voz pero sin voto.
Quinta
Seguros
La fundación suscribirá una póliza de seguros de accidentes y enfermedad y de responsabilidad civil por importe de 600.000 euros, que cubra los posibles daños propios o a terceros producidos en el ejercicio de las actuaciones encomendadas.
BOCM-20220413-36
Comisión mixta de seguimiento