B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20220413-19)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 4 de abril de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la exclusión de aspirantes en las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo por el turno libre en la categoría de Enfermero/a del Servicio Madrileño de Salud, por incumplimiento de requisitos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 88
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE ABRIL DE 2022
Pág. 81
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la exclusión de aspirantes en las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo por el turno libre en la categoría de
Enfermero/a del Servicio Madrileño de Salud, por incumplimiento de requisitos.
Por Resolución de 15 de junio de 2018, la Dirección General de Recursos Humanos y
Relaciones Labores del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de junio), convocó pruebas selectivas para el acceso a la condición
de personal estatutario fijo por el turno libre en la categoría de Enfermero/a del Servicio de
Salud de la Comunidad de Madrid.
La base segunda de la convocatoria en su apartado 2.1.f) establece como requisito para
ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas “No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o equivalente, conforme a lo establecido en la
Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo
de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los Servicios de
Salud, cualquiera que sea su situación administrativa”. Este requisito, al igual que el resto
de los establecidos en la base segunda, deberá poseerse el día de la finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.
En virtud de lo establecido en la mencionada base, por el Tribunal de las pruebas selectivas de Enfermero/a, se inicia el procedimiento establecido en la base sexta de la convocatoria, quedando constatada la condición de personal estatutario fijo en dicha categoría
de distintos aspirantes, en los siguientes Servicios de Salud: Servicio Aragonés de Salud
(“Diario Oficial de Aragón” número 45, de 5 de marzo de 2020 y número 206, de 15 de octubre de 2020, Servicio Gallego de Salud (“Diario Oficial Gallego” número 189, de 17 de
septiembre de 2020), Servicio Murciano de Salud (“Diario Oficial de Murcia” número 259,
de 9 de noviembre de 2021), Servicio de Salud de Castilla y León (“Diario Oficial de Castilla y León” número 204, de 21 octubre de 2021), Ministerio de Defensa (“Boletín Oficial
del Estado” número 124, de 25 de mayo de 2021; número 287, de 1 de diciembre de 2021,
y número 36, de 11 de febrero de 2021) y Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (“Diario Oficial de Castilla-La Mancha” número 164, de 18 de agosto de 2020; número 201, de 5
de octubre de 2020; número 233, de 18 de noviembre de 2020, y número 199, de 15 de octubre de 2021).
Vista la sentencia del Tribunal Supremo número 823/2021 sobre recurso de casación,
que fija como criterio interpretativo aplicable para la formación de jurisprudencia que en
los procedimientos no sancionadores que adoptan acuerdos restrictivos de derechos, la omisión del trámite de audiencia al interesado carece de efecto invalidante cuando tal omisión
no produce indefensión real material.
En los casos que se indican en esta resolución ha quedado acreditada por los Servicios
de Salud referidos la toma de posesión de los aspirantes como personal estatutario fijo en
la categoría de Enfermero/a, por lo que la omisión del trámite de audiencia establecido en
la base sexta de la convocatoria no produce indefensión real material.
Verificada la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Enfermero/a de
las personas referidas, el Tribunal Calificador eleva a esta Dirección General la propuesta
de su exclusión del proceso selectivo.
BOCM-20220413-19
19
B.O.C.M. Núm. 88
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE ABRIL DE 2022
Pág. 81
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se procede a declarar la exclusión de aspirantes en las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo por el turno libre en la categoría de
Enfermero/a del Servicio Madrileño de Salud, por incumplimiento de requisitos.
Por Resolución de 15 de junio de 2018, la Dirección General de Recursos Humanos y
Relaciones Labores del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de junio), convocó pruebas selectivas para el acceso a la condición
de personal estatutario fijo por el turno libre en la categoría de Enfermero/a del Servicio de
Salud de la Comunidad de Madrid.
La base segunda de la convocatoria en su apartado 2.1.f) establece como requisito para
ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas “No poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o equivalente, conforme a lo establecido en la
Orden SSI/2420/2015, de 11 de noviembre, por la que se actualiza el catálogo homogéneo
de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los Servicios de
Salud, cualquiera que sea su situación administrativa”. Este requisito, al igual que el resto
de los establecidos en la base segunda, deberá poseerse el día de la finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.
En virtud de lo establecido en la mencionada base, por el Tribunal de las pruebas selectivas de Enfermero/a, se inicia el procedimiento establecido en la base sexta de la convocatoria, quedando constatada la condición de personal estatutario fijo en dicha categoría
de distintos aspirantes, en los siguientes Servicios de Salud: Servicio Aragonés de Salud
(“Diario Oficial de Aragón” número 45, de 5 de marzo de 2020 y número 206, de 15 de octubre de 2020, Servicio Gallego de Salud (“Diario Oficial Gallego” número 189, de 17 de
septiembre de 2020), Servicio Murciano de Salud (“Diario Oficial de Murcia” número 259,
de 9 de noviembre de 2021), Servicio de Salud de Castilla y León (“Diario Oficial de Castilla y León” número 204, de 21 octubre de 2021), Ministerio de Defensa (“Boletín Oficial
del Estado” número 124, de 25 de mayo de 2021; número 287, de 1 de diciembre de 2021,
y número 36, de 11 de febrero de 2021) y Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (“Diario Oficial de Castilla-La Mancha” número 164, de 18 de agosto de 2020; número 201, de 5
de octubre de 2020; número 233, de 18 de noviembre de 2020, y número 199, de 15 de octubre de 2021).
Vista la sentencia del Tribunal Supremo número 823/2021 sobre recurso de casación,
que fija como criterio interpretativo aplicable para la formación de jurisprudencia que en
los procedimientos no sancionadores que adoptan acuerdos restrictivos de derechos, la omisión del trámite de audiencia al interesado carece de efecto invalidante cuando tal omisión
no produce indefensión real material.
En los casos que se indican en esta resolución ha quedado acreditada por los Servicios
de Salud referidos la toma de posesión de los aspirantes como personal estatutario fijo en
la categoría de Enfermero/a, por lo que la omisión del trámite de audiencia establecido en
la base sexta de la convocatoria no produce indefensión real material.
Verificada la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Enfermero/a de
las personas referidas, el Tribunal Calificador eleva a esta Dirección General la propuesta
de su exclusión del proceso selectivo.
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