C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20220412-28)
Extracto convocatoria subvenciones –  Anuncio del extracto de la Orden 383/2022, de 24 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a la creación en artes visuales en el año 2022
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 87

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE ABRIL DE 2022

Pág. 117

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
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ANUNCIO del extracto de la Orden 383/2022, de 24 de marzo, de la Consejería
de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan ayudas a la creación en
artes visuales en el año 2022.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index
BDNS: 618561
Primero
Beneficiarios
Personas físicas, individualmente o, en casos de coautoría, como agrupación o colectivo sin personalidad (con un máximo de 5 miembros), que sean madrileños o residentes en
la Comunidad de Madrid y que no hayan obtenido ayuda en alguna de las dos convocatorias inmediatamente anteriores.
Segundo
Objeto
Creación y desarrollo de proyectos de artes visuales y de moda. A los efectos de esta
orden se entiende por artes visuales las creaciones que se encuentren dentro de las siguientes disciplinas: dibujo, pintura, grabado, fotografía, escultura, instalación, videoinstalación,
performance, videoarte, arte digital o bien un proyecto multidisciplinar.
Tercero
Bases reguladoras
Las bases reguladoras de las ayudas a la creación en artes visuales se han establecido
mediante la Orden 1492/2017, de 19 de mayo, de la Consejería de Presidencia, Justicia y
Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 138,
de 12 de junio).

Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Solo se podrá presentar una solicitud por solicitante en una modalidad y para un solo
proyecto.
Sexto
Período desarrollo del proyecto
El plazo para desarrollar los proyectos deberá ser entre el 1 de diciembre de 2021 hasta el 30 de noviembre de 2022.

BOCM-20220412-28

Cuarto
Cuantía
El importe total de la convocatoria es de 300.000 euros, que se financiará con cargo a
la partida 48399 del programa 333A de la Dirección General de Promoción Cultural de los
Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022.