Móstoles número 2 (BOCM-20220412-120)
Ejecución 20/2022
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 294
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 87
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
120
MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
del Juzgado de lo Social número 02 de Móstoles.
BOCM-20220412-120
Hago saber: Que en la Ejecución 20/2022, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de D. FELIX FERNANDEZ DE LA VEGA frente a SFS SERVICIOS A COMUNIDADES Y PARKINES, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto
de fecha 15/03/2022, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 24.222,47 euros de principal y 2.422,25 euros de intereses y costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL
total del ejecutado SFS SERVICIOS A COMUNIDADES Y PARKINES, S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda
aún pendiente de pago.
Asimismo, hágase entrega de copia sellada de la demanda y testimonios de Sentencia,
Auto de aclaración, Auto de Ejecución y de esta resolución, a las partes ejecutante a fin de
iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, remitiéndose vía LexNet al letrado de las partes ejecutante.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Y para que sirva de notificación en legal forma a SFS SERVICIOS A COMUNIDADES Y PARKINES, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a veintidós de marzo de dos mil veintidós.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/5.982/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 294
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MARTES 12 DE ABRIL DE 2022
B.O.C.M. Núm. 87
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
120
MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Dña. MARIA ISABEL CANO CAMPAÑA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
del Juzgado de lo Social número 02 de Móstoles.
BOCM-20220412-120
Hago saber: Que en la Ejecución 20/2022, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de D. FELIX FERNANDEZ DE LA VEGA frente a SFS SERVICIOS A COMUNIDADES Y PARKINES, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto
de fecha 15/03/2022, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 24.222,47 euros de principal y 2.422,25 euros de intereses y costas, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL
total del ejecutado SFS SERVICIOS A COMUNIDADES Y PARKINES, S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda
aún pendiente de pago.
Asimismo, hágase entrega de copia sellada de la demanda y testimonios de Sentencia,
Auto de aclaración, Auto de Ejecución y de esta resolución, a las partes ejecutante a fin de
iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, remitiéndose vía LexNet al letrado de las partes ejecutante.
Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
Y para que sirva de notificación en legal forma a SFS SERVICIOS A COMUNIDADES Y PARKINES, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,
salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a veintidós de marzo de dos mil veintidós.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/5.982/22)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791