D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20220412-66)
Convenio – Convenio de 29 de marzo de 2022, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Federación de Golf de Madrid, para la organización del torneo de Golf “Comunidad de Madrid Ladies Open 2022”
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B.O.C.M. Núm. 87
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE ABRIL DE 2022
encuentros o cualquier otra actividad, dirigida a fomentar, impulsar y colaborar en la difusión de la cultura física entre la población, en coordinación y cooperación, en su caso, con
entidades locales, federaciones y demás asociaciones, fundaciones y entidades públicas o
privadas”, conforme con lo dispuesto en el artículo 13.l) y p) del citado Decreto 229/2021,
de 13 de octubre.
IV. Que las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid ejercen, por delegación, funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este caso como agentes
colaboradores de la Administración pública.
En relación con ello, el artículo 36.h) de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, atribuye
a sus Federaciones Deportivas el colaborar, en su caso, en la organización o tutela de las
competiciones oficiales de ámbito estatal o internacional. Por su parte, el artículo 11.1.a)
del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan
las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, establece que las federaciones deportivas madrileñas ejercen por delegación, bajo la coordinación y tutela del órgano competente de la Comunidad de Madrid, entre otras, la función de calificar y organizar las actividades y competiciones deportivas oficiales de la Comunidad de Madrid, y colaborar, en
su caso, en la organización o tutela de las competiciones oficiales de ámbito estatal o internacional.
V. Que, en el ámbito de esta coordinación y tutela a las federaciones, la Comunidad
de Madrid, al disponer de determinados medios necesarios para la organización de las pruebas objeto del presente convenio, y considerar que la colaboración entre las partes permitirá asegurar que el interés público de las mismas quede garantizado y salvaguardado, se hace
necesaria la colaboración con la entidad que tiene adjudicada la organización de dicha prueba, la Federación de Golf de Madrid, colaborando en aspectos técnicos y en otros imprescindibles para el desarrollo de la competición, conforme a la reglamentación técnica oficial
de esta modalidad deportiva. La Comunidad de Madrid, como consecuencia de la colaboración con la Federación, aportará, además, una cantidad económica para facilitar el desarrollo de la prueba y asegurar el interés público deportivo existente en la celebración de esta
competición deportiva.
VI. Que, mediante escrito del 16 de febrero de 2022, de la entidad Ladies European
Tour Venture Limited, entidad titular del circuito internacional del golf profesional, se acredita la titularidad de los derechos para la organización del Torneo de Golf “Comunidad de
Madrid Ladies Open 2022” por parte de la Federación de Golf de Madrid, previéndose su
celebración los días 2 a 8 de mayo de 2022, en el Campo de Golf del Real Automóvil Club,
ubicado en San Sebastián de los Reyes (Madrid).
VII. Que en la celebración del indicado torneo, incluido en el circuito internacional
de golf profesional femenino, computable para el ranking mundial, confluyen intereses comunes de ambas partes, pues, a través de la celebración de eventos deportivos de este nivel, la Comunidad de Madrid atiende a la consecución de sus fines en diversos sectores: deportivo, turístico, económico y social, a la vista del impacto que en los mismos tienen
eventos deportivos de estas características.
Pero, además, la organización de estos eventos implicará beneficios en cuanto a la formación y experiencia organizativa en eventos deportivos de profesionales y voluntarios implicados en su organización, además de los efectos que los mismos suponen sobre la propia
promoción de la actividad deportiva, en especial, en la Comunidad de Madrid.
Y, desde una perspectiva social, la organización de estas competiciones en la Comunidad de Madrid puede ofrecer la oportunidad para la participación activa en estos eventos,
a la vez que se disfruta de varias experiencias deportivas únicas; pueden suponer una plataforma proactiva de salud e integración social; pueden generar oportunidades de trabajo
temporal y actividad económica a través de los eventos y fortalecer el movimiento de voluntariado, generando alianzas con la universidad, clubes locales y asociaciones deportivas
madrileñas.
Finalmente, es también indudable el impacto económico que eventos internacionales
de estas características conllevan para la sede de su celebración, que se beneficia de un importante retorno económico.
VIII. Que en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid existe dotación
económica en el subconcepto 22802, con el fin de suscribir los convenios necesarios para
la promoción del deporte, en los municipios de la región, con entidades sin fines de lucro.
Este compromiso económico se considera sostenible y cumple con los principios y reglas
de la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Por lo tanto, en atención al nivel de importancia deportiva de esta competición y, especialmente, en lo concerniente al fomento del deporte en la Comunidad de Madrid, en es-
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BOCM-20220412-66
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE ABRIL DE 2022
encuentros o cualquier otra actividad, dirigida a fomentar, impulsar y colaborar en la difusión de la cultura física entre la población, en coordinación y cooperación, en su caso, con
entidades locales, federaciones y demás asociaciones, fundaciones y entidades públicas o
privadas”, conforme con lo dispuesto en el artículo 13.l) y p) del citado Decreto 229/2021,
de 13 de octubre.
IV. Que las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid ejercen, por delegación, funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este caso como agentes
colaboradores de la Administración pública.
En relación con ello, el artículo 36.h) de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, atribuye
a sus Federaciones Deportivas el colaborar, en su caso, en la organización o tutela de las
competiciones oficiales de ámbito estatal o internacional. Por su parte, el artículo 11.1.a)
del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan
las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, establece que las federaciones deportivas madrileñas ejercen por delegación, bajo la coordinación y tutela del órgano competente de la Comunidad de Madrid, entre otras, la función de calificar y organizar las actividades y competiciones deportivas oficiales de la Comunidad de Madrid, y colaborar, en
su caso, en la organización o tutela de las competiciones oficiales de ámbito estatal o internacional.
V. Que, en el ámbito de esta coordinación y tutela a las federaciones, la Comunidad
de Madrid, al disponer de determinados medios necesarios para la organización de las pruebas objeto del presente convenio, y considerar que la colaboración entre las partes permitirá asegurar que el interés público de las mismas quede garantizado y salvaguardado, se hace
necesaria la colaboración con la entidad que tiene adjudicada la organización de dicha prueba, la Federación de Golf de Madrid, colaborando en aspectos técnicos y en otros imprescindibles para el desarrollo de la competición, conforme a la reglamentación técnica oficial
de esta modalidad deportiva. La Comunidad de Madrid, como consecuencia de la colaboración con la Federación, aportará, además, una cantidad económica para facilitar el desarrollo de la prueba y asegurar el interés público deportivo existente en la celebración de esta
competición deportiva.
VI. Que, mediante escrito del 16 de febrero de 2022, de la entidad Ladies European
Tour Venture Limited, entidad titular del circuito internacional del golf profesional, se acredita la titularidad de los derechos para la organización del Torneo de Golf “Comunidad de
Madrid Ladies Open 2022” por parte de la Federación de Golf de Madrid, previéndose su
celebración los días 2 a 8 de mayo de 2022, en el Campo de Golf del Real Automóvil Club,
ubicado en San Sebastián de los Reyes (Madrid).
VII. Que en la celebración del indicado torneo, incluido en el circuito internacional
de golf profesional femenino, computable para el ranking mundial, confluyen intereses comunes de ambas partes, pues, a través de la celebración de eventos deportivos de este nivel, la Comunidad de Madrid atiende a la consecución de sus fines en diversos sectores: deportivo, turístico, económico y social, a la vista del impacto que en los mismos tienen
eventos deportivos de estas características.
Pero, además, la organización de estos eventos implicará beneficios en cuanto a la formación y experiencia organizativa en eventos deportivos de profesionales y voluntarios implicados en su organización, además de los efectos que los mismos suponen sobre la propia
promoción de la actividad deportiva, en especial, en la Comunidad de Madrid.
Y, desde una perspectiva social, la organización de estas competiciones en la Comunidad de Madrid puede ofrecer la oportunidad para la participación activa en estos eventos,
a la vez que se disfruta de varias experiencias deportivas únicas; pueden suponer una plataforma proactiva de salud e integración social; pueden generar oportunidades de trabajo
temporal y actividad económica a través de los eventos y fortalecer el movimiento de voluntariado, generando alianzas con la universidad, clubes locales y asociaciones deportivas
madrileñas.
Finalmente, es también indudable el impacto económico que eventos internacionales
de estas características conllevan para la sede de su celebración, que se beneficia de un importante retorno económico.
VIII. Que en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid existe dotación
económica en el subconcepto 22802, con el fin de suscribir los convenios necesarios para
la promoción del deporte, en los municipios de la región, con entidades sin fines de lucro.
Este compromiso económico se considera sostenible y cumple con los principios y reglas
de la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Por lo tanto, en atención al nivel de importancia deportiva de esta competición y, especialmente, en lo concerniente al fomento del deporte en la Comunidad de Madrid, en es-
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