D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20220412-41)
Convenio – Adenda de 25 de marzo de 2022, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación El Fanal para desarrollar un programa de prevención y atención a la infancia y la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social en la Cañada Real Galiana, sector 6, Valdemingómez, durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 87
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE ABRIL DE 2022
Pág. 143
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Familia, Juventud y Política Social
41
ADENDA de 25 de marzo de 2022, de prórroga del convenio entre la Comunidad
de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación
El Fanal para desarrollar un programa de prevención y atención a la infancia y
la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social en la Cañada Real
Galiana, sector 6, Valdemingómez, durante el período comprendido entre el 1 de
enero y el 31 de diciembre de 2023.
En Madrid, a 25 de marzo de 2022.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Dña. Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021,
de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno
y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019,
de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, Dña. María Rosa Gómez Jiménez, en nombre y representación de la Asociación El Fanal, en su calidad de Presidenta, inscrita en Registro Nacional de Asociaciones con
el número 167245, con domicilio social en la calle Maestro Arbós, número 3, despacho 511,
28045 Madrid, con NIF G-82906629, actuando en virtud de las atribuciones conferidas en el
artículo 20 de sus Estatutos.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la tercera adenda de prórroga y
EXPONEN
Primero
Que el día 27 de diciembre de 2019 se firmó el convenio entre la Comunidad de
Madrid (a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, actualmente Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación El
Fanal para desarrollar un servicio de prevención y atención a la infancia y la adolescencia
en situación de desventaja y dificultad social en la Cañada Real Galiana, Sector 6, Valdemingómez con vigencia desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2020.
Segundo
Tercero
La cláusula decimotercera de dicho convenio también contempla que las partes firmantes podrán modificar el convenio de mutuo acuerdo, mediante la suscripción de la correspondiente adenda. En virtud de la misma, con fecha 27 de agosto de 2021 se firmó adenda de modificación incrementando el número de plazas del servicio de Ludoteca y
Parentalidad Positiva en 12, pasando estas a ser un total de 36.
BOCM-20220412-41
Que la cláusula decimotercera de dicho convenio contempla que las partes firmantes
podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales
de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) 2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En virtud de la misma, con fecha 8 de septiembre de 2020 se formalizó una primera adenda de prórroga del convenio por el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021.
B.O.C.M. Núm. 87
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE ABRIL DE 2022
Pág. 143
I. COMUNIDAD DE MADRID
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Consejería de Familia, Juventud y Política Social
41
ADENDA de 25 de marzo de 2022, de prórroga del convenio entre la Comunidad
de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación
El Fanal para desarrollar un programa de prevención y atención a la infancia y
la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social en la Cañada Real
Galiana, sector 6, Valdemingómez, durante el período comprendido entre el 1 de
enero y el 31 de diciembre de 2023.
En Madrid, a 25 de marzo de 2022.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Dña. Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021,
de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno
y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019,
de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, Dña. María Rosa Gómez Jiménez, en nombre y representación de la Asociación El Fanal, en su calidad de Presidenta, inscrita en Registro Nacional de Asociaciones con
el número 167245, con domicilio social en la calle Maestro Arbós, número 3, despacho 511,
28045 Madrid, con NIF G-82906629, actuando en virtud de las atribuciones conferidas en el
artículo 20 de sus Estatutos.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la tercera adenda de prórroga y
EXPONEN
Primero
Que el día 27 de diciembre de 2019 se firmó el convenio entre la Comunidad de
Madrid (a través de la entonces Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, actualmente Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación El
Fanal para desarrollar un servicio de prevención y atención a la infancia y la adolescencia
en situación de desventaja y dificultad social en la Cañada Real Galiana, Sector 6, Valdemingómez con vigencia desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2020.
Segundo
Tercero
La cláusula decimotercera de dicho convenio también contempla que las partes firmantes podrán modificar el convenio de mutuo acuerdo, mediante la suscripción de la correspondiente adenda. En virtud de la misma, con fecha 27 de agosto de 2021 se firmó adenda de modificación incrementando el número de plazas del servicio de Ludoteca y
Parentalidad Positiva en 12, pasando estas a ser un total de 36.
BOCM-20220412-41
Que la cláusula decimotercera de dicho convenio contempla que las partes firmantes
podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales
de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) 2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. En virtud de la misma, con fecha 8 de septiembre de 2020 se formalizó una primera adenda de prórroga del convenio por el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021.