C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20220412-16)
Concesión premios – Orden 721/2022, de 1 de abril, del Consejero de Educación de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se modifica la Orden 3127/2019, de 16 de octubre, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se conceden los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad de Madrid, correspondientes al año académico 2018-2019
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 87
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE ABRIL DE 2022
Pág. 81
ción Secundaria Obligatoria de la Comunidad de Madrid correspondientes al año académico 2018-2019, el cual queda redactado en los siguientes términos:
“Artículo 2. Naturaleza del premio y asignación económica.—1. El premio consistirá en una dotación económica de 1.000 euros, que se hará efectiva de forma individual
y en un único plazo, a la que hay que añadir un viaje de carácter cultural, también valorado
en 1.000 euros, que se debía de celebrar a lo largo del año escolar 2019-2020. Al no haberse podido realizar dicho viaje cultural debido a las restricciones de movilidad impuestas por
las medidas adoptadas para frenar o mitigar los efectos de la pandemia provocada por el
COVID-19, se sustituye el mismo por su equivalente económico.
2. El presupuesto asignado para financiar el viaje cultural que se hará con cargo al
crédito del subconcepto 48399 del programa de gasto 322O, será de 25.000 euros, que se
imputarán al ejercicio económico 2022”.
Segundo
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes ante el propio órgano que la ha dictado o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses. Ambos plazos se
computarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.
Madrid, a 1 de abril de 2022.
BOCM-20220412-16
El Consejero de Educación, Universidades, Ciencia
y Portavoz del Gobierno,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO
B.O.C.M. Núm. 87
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 12 DE ABRIL DE 2022
Pág. 81
ción Secundaria Obligatoria de la Comunidad de Madrid correspondientes al año académico 2018-2019, el cual queda redactado en los siguientes términos:
“Artículo 2. Naturaleza del premio y asignación económica.—1. El premio consistirá en una dotación económica de 1.000 euros, que se hará efectiva de forma individual
y en un único plazo, a la que hay que añadir un viaje de carácter cultural, también valorado
en 1.000 euros, que se debía de celebrar a lo largo del año escolar 2019-2020. Al no haberse podido realizar dicho viaje cultural debido a las restricciones de movilidad impuestas por
las medidas adoptadas para frenar o mitigar los efectos de la pandemia provocada por el
COVID-19, se sustituye el mismo por su equivalente económico.
2. El presupuesto asignado para financiar el viaje cultural que se hará con cargo al
crédito del subconcepto 48399 del programa de gasto 322O, será de 25.000 euros, que se
imputarán al ejercicio económico 2022”.
Segundo
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes ante el propio órgano que la ha dictado o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses. Ambos plazos se
computarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.
Madrid, a 1 de abril de 2022.
BOCM-20220412-16
El Consejero de Educación, Universidades, Ciencia
y Portavoz del Gobierno,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO