C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20220409-1)
Convenio colectivo –  Resolución de 23 de marzo de 2022, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del Acta de 10 de marzo de 2022, de la Comisión Mixta Paritaria del Convenio Colectivo del Sector de Actores y Actrices de la Comunidad de Madrid (código 28005805011991)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 85

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 9 DE ABRIL DE 2022

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Siendo las 14:00 horas del día 10 de marzo de 2022, mediante conexión telemática, se reúnen las personas reseñadas al margen, componentes de la Comisión Mixta Paritaria del VI Convenio Colectivo del Sector de Actores y Actrices de Madrid (código número 28005805011991).
Que la reunión cuenta con el siguiente orden del día:
1. Actualizaciones salariales para el año 2022

BOCM-20220409-1

Que todas las partes aceptan este orden del día.
Que este acuerdo se firma por todas las partes firmantes del VI Convenio de Actores
y Actrices de Madrid en señal de aceptación de los siguientes puntos:
1. Que, respecto de la actualización salarial para el año 2022, ambas partes acuerdan aplicar un incremento sobre las tablas salariales del año 2020 del 5 por 100, dividido en dos tramos:
— Un primer tramo desde el 1 de enero de 2022 hasta el 30 de junio de 2022, durante
el cual las tablas salariales experimentarán una subida del 2,5 por 100 respecto de
las tablas salariales del 2020.
— Un segundo tramo desde el 1 de julio de 2022 en adelante, durante el cual las tablas salariales experimentarán una subida del 5 por 100 respecto de las tablas salariales del año 2020.
2. No obstante lo anterior, se acuerdan subidas especiales para los ensayos y para la
categoría de “Figurante” con fecha inmediata de efectos desde el 1 de enero de 2022; a fin
de equiparar el salario diario al Salario Mínimo Interprofesional del año 2022 para los trabajadores eventuales y temporeros (Real Decreto 152/2022, de 22 de febrero, “Boletín Oficial del Estado” de 23 de febrero; artículo 4).
3. En las cantidades señaladas para los ensayos y para la categoría profesional de
“Figurante” viene ya reflejada, por tanto, la parte proporcional de las vacaciones, que incrementaría la cuantía definitiva hasta los 50,60 euros.
4. Las partes designan a la Unión de Actores y Actrices, en la persona de D. Eduardo Amérigo López, para que realice los trámites de registro y publicación a través del servicio telemático REGCON.
Sin nada más que añadir y siendo las 14:30 horas, se levanta la presente Acta que, en
prueba de conformidad, leen y firman cada una de las organizaciones asistentes, en el lugar
y fecha anteriormente indicados, que suscriben a sus efectos.