Redueña (BOCM-20220124-77)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 19
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE ENERO DE 2022
Pág. 213
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77
REDUEÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20220124-77
Habiéndose aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2020, la modificación del artículo 7 (cuotas) de la ordenanza
municipal reguladora de la “tasa por documentos que expida o de que entienda la Administración o las autoridades municipales a instancia de parte” y habiendo transcurrido el plazo
reglamentario sin que se haya interpuesto alegación alguna, se considera la misma aprobada definitivamente, publicándose el texto íntegro de la modificación.
1. Ordenanza municipal reguladora de la “tasa por documentos que expida o de que
entienda la Administración o las autoridades municipales a instancia de parte”, que consiste
en modificar el artículo 7 (cuotas), epígrafe primero–certificaciones, punto 4 compulsas de
documentos, por cada sello y firma (0,30 euros), hay que modificar el precio a (1,00 euros).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo previsto en el artículo 17.1
y 2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, estará el expediente expuesto al público durante un período de treinta días, contados desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dentro del citado plazo los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que
consideren oportunas.
En Redueña, a 11 de enero de 2022.—La alcaldesa, M.a de las Mercedes Pérez González.
(03/450/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 19
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE ENERO DE 2022
Pág. 213
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
77
REDUEÑA
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20220124-77
Habiéndose aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2020, la modificación del artículo 7 (cuotas) de la ordenanza
municipal reguladora de la “tasa por documentos que expida o de que entienda la Administración o las autoridades municipales a instancia de parte” y habiendo transcurrido el plazo
reglamentario sin que se haya interpuesto alegación alguna, se considera la misma aprobada definitivamente, publicándose el texto íntegro de la modificación.
1. Ordenanza municipal reguladora de la “tasa por documentos que expida o de que
entienda la Administración o las autoridades municipales a instancia de parte”, que consiste
en modificar el artículo 7 (cuotas), epígrafe primero–certificaciones, punto 4 compulsas de
documentos, por cada sello y firma (0,30 euros), hay que modificar el precio a (1,00 euros).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo previsto en el artículo 17.1
y 2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, estará el expediente expuesto al público durante un período de treinta días, contados desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dentro del citado plazo los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones y sugerencias que
consideren oportunas.
En Redueña, a 11 de enero de 2022.—La alcaldesa, M.a de las Mercedes Pérez González.
(03/450/22)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791