Sevilla la Nueva (BOCM-20220124-83)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 19

LUNES 24 DE ENERO DE 2022

Pág. 239

Cursos de formación de 151 a 225 horas
ORGANISMO

TÍTULO O MATERA DEL CURSO

Nº HORAS /
CRÉDITOS

PUNTOS

Nº HORAS /
CRÉDITOS

PUNTOS

TOTAL
Cursos de formación de más de 225 horas
ORGANISMO

TÍTULO O MATERA DEL CURSO

TOTAL
Declaro que todo lo manifestado en este ANEXO es cierto, siendo consciente de las consecuencias legales a las que podría dar lugar la falsedad en
el presente documento, incluida la exclusión del procedimiento de selección.
(Firma)

ANEXO III
(MÉRITOS: BAREMO PUNTUABLE)
a) Formación:
Cursos específicos de formación y perfeccionamiento de carácter oficial u homologado por la Administración sobre materias relacionadas con las
funciones del puesto, hasta un máximo de 2 puntos de acuerdo con la siguiente escala:






De 30 a 60 horas de duración: 0,20 puntos por curso.
De 61 a 100 horas de duración: 0,50 puntos por curso.
De 101 a 150 horas de duración: 0,75 puntos por curso.
De 151 a 225 horas de duración: 1,00 puntos por curso.
De 226 o más horas: 2,00 puntos por curso.

En ningún caso se puntuarán en este subapartado los cursos de doctorado y los de los diferentes títulos de las universidades cuando formen parte
del plan de estudios del centro, ni los cursos derivados de procesos selectivos, promoción interna, planes de empleo y adaptación del régimen
jurídico a la naturaleza de los puestos que se ocupan.
Asimismo, y en el supuesto de cursos impartidos, éstos se valorarán por una sola vez, no siendo susceptibles de ser valoradas las sucesivas
ediciones de un mismo curso.
No serán objeto de valoración aquellos cursos en los que no vengan especificados el número de horas y/o créditos. Así mismo, el Tribunal no
valorará aquellos cursos de formación presentados de forma insuficiente o incorrecta, así como los que no se encuentren avalados por una
Administración Pública.
b) Experiencia:

Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las
bases, se publicarán en la sede electrónica de este Ayuntamiento [dirección https://www.sevillalanueva.es].
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento,
de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contenciosoadministrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de

BOCM-20220124-83

Se valorará, hasta un máximo de 6 puntos, el desempeño de puestos de trabajo de AEDL o similar a razón de 0,10 puntos por mes completo de
servicios. A estos efectos se despreciarán las fracciones.
La experiencia se ha de acreditar en el momento oportuno mediante certificación expedida por el correspondiente Registro de Personal o contrato
de trabajo, acompañado de la vida laboral.