D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20220124-60)
Convenio – Convenio de 27 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) y el Ayuntamiento de Los Molinos, para el desarrollo del proyecto “Los Molinos Destino Saludable 2021” en el marco de la VI edición del Programa de colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud
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BOCM
Pág. 166
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 19
yecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población,
según las condiciones establecidas en la Orden 1819/2017, de 22 de mayo, del Consejero
de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el Programa de Colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 728/2021, de 2 de agosto, de
la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la VI edición de dicho
programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
El programa pretende concienciar sobre los beneficios que reporta la práctica de senderismo o el uso de la bicicleta en la naturaleza, deportes que pueden hacerse en familia, en
grupo de amigos o individualmente. Se ofrecerán tres niveles: familiar, medio y avanzado,
con el fin de que los usuarios puedan realizar rutas más acordes a su condición física.
Se quiere apoyar la práctica deportiva al aire libre, un escenario que está al alcance de
cualquier persona, con la difusión y la promoción de rutas en general, caminadas y ciclables aprovechando los caminos, sendas y vías pecuarias de nuestro entorno y que unan municipios, dentro de una estrategia de objetivos de promoción del ejercicio físico saludable
para toda la población. Se trata de fomentar una alternativa de práctica deportiva sencilla y
al alcance de todos y para todas las edades (caminar y montar en bicicleta), uniendo el ejercicio saludable junto a la actividad turística.
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 1.435,77 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 23,93 por 100 del total del
coste ajustado del proyecto, cuya estimación asciende a 6.000 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2022. El coste de las
actividades de 2021 correrá a cargo del ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2022, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”,
del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto.
La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las
actividades y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, publicidad o cualquier otro relacionado con el Proyecto que, en su caso, se hubieran
elaborado.
El Ayuntamiento deberá presentar dicha documentación justificativa con anterioridad al día 16 de julio de 2022.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que el Proyecto no sea ejecutado en su totalidad, que no se desarrolle durante todo
el período previsto, que no se desarrolle conforme a lo recogido en el presente
convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que no
cuente con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
— Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo del proyecto, condicionado a la disponibilidad del uso de dichas instalaciones en cada momento.
— Difundir y promocionar a nivel autonómico el Proyecto.
BOCM-20220124-60
Obligaciones de la Comunidad de Madrid
Pág. 166
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 19
yecto) como acción de sensibilización y promoción de la actividad física entre la población,
según las condiciones establecidas en la Orden 1819/2017, de 22 de mayo, del Consejero
de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el Programa de Colaboración institucional en proyectos de actividad física y salud, y la Orden 728/2021, de 2 de agosto, de
la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convoca la VI edición de dicho
programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
El programa pretende concienciar sobre los beneficios que reporta la práctica de senderismo o el uso de la bicicleta en la naturaleza, deportes que pueden hacerse en familia, en
grupo de amigos o individualmente. Se ofrecerán tres niveles: familiar, medio y avanzado,
con el fin de que los usuarios puedan realizar rutas más acordes a su condición física.
Se quiere apoyar la práctica deportiva al aire libre, un escenario que está al alcance de
cualquier persona, con la difusión y la promoción de rutas en general, caminadas y ciclables aprovechando los caminos, sendas y vías pecuarias de nuestro entorno y que unan municipios, dentro de una estrategia de objetivos de promoción del ejercicio físico saludable
para toda la población. Se trata de fomentar una alternativa de práctica deportiva sencilla y
al alcance de todos y para todas las edades (caminar y montar en bicicleta), uniendo el ejercicio saludable junto a la actividad turística.
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 1.435,77 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 23,93 por 100 del total del
coste ajustado del proyecto, cuya estimación asciende a 6.000 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2022. El coste de las
actividades de 2021 correrá a cargo del ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2022, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”,
del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto.
La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las
actividades y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, publicidad o cualquier otro relacionado con el Proyecto que, en su caso, se hubieran
elaborado.
El Ayuntamiento deberá presentar dicha documentación justificativa con anterioridad al día 16 de julio de 2022.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que el Proyecto no sea ejecutado en su totalidad, que no se desarrolle durante todo
el período previsto, que no se desarrolle conforme a lo recogido en el presente
convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que no
cuente con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
— Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo del proyecto, condicionado a la disponibilidad del uso de dichas instalaciones en cada momento.
— Difundir y promocionar a nivel autonómico el Proyecto.
BOCM-20220124-60
Obligaciones de la Comunidad de Madrid