D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20220124-61)
Convenio –  Convenio de 27 de diciembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) y el Ayuntamiento de Cercedilla, para el desarrollo del proyecto “La bici responsable” en el marco de la VI Edición del Programa de Colaboración Institucional en Proyectos de Actividad Física y Salud
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 24 DE ENERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 19

el desarrollo del proyecto “La bici responsable” (en adelante, el Proyecto) como acción de
sensibilización y promoción de la actividad física entre la población, según las condiciones
establecidas en la Orden 1819/2017, de 22 de mayo, del Consejero de Educación, Juventud
y Deporte, por la que se regula el Programa de Colaboración institucional en proyectos de
actividad física y salud, y la Orden 728/2021, de 2 de agosto, de la Consejería de Cultura,
Turismo y Deporte, por la que se convoca la VI Edición de dicho programa.
Este Proyecto consiste, esencialmente, en lo siguiente:
Programa de intervención de ejercicio físico para la salud, que pretende promocionar
la práctica deportiva ciclista como vía de prevención y tratamiento de sedentarismo, favoreciendo una vida sana y saludable de una manera segura y responsable. Dirigido a la población escolar, alumnos de 4.o, 5.o y 6.o de primaria del municipio.
El proyecto constará de un total de 12 sesiones de 3 horas de duración, además de 2
“sesiones demostrativas” en los dos colegios de educación primaria de Cercedilla. Se contará con la colaboración de la Policía Local para sesiones de seguridad vial.
Las actividades irán encaminadas a promocionar la práctica regular de la actividad física saludable teniendo en cuenta, tal y como propone la OMS, las variables fisiológicas,
psicológicas y sociales.
En todo caso, el desarrollo de las actividades previstas en el proyecto indicado se realizará con estricta observancia de la normativa que, en cada momento, y según la evolución epidemiológica, se vaya aprobando en relación con la crisis sanitaria ocasionada por
el COVID-19.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en las citadas órdenes, la Comunidad de Madrid, con el
fin de colaborar al correcto desarrollo del Proyecto se obliga a:
— Realizar la aportación económica máxima total de 2.666,43 euros, de acuerdo con
la evaluación del Proyecto, y los porcentajes máximos contemplados en la orden
reguladora, en función del número de habitantes e importes máximos fijados en la
orden de convocatoria. Esta aportación constituye el 75,84% del total del coste
ajustado del proyecto, cuya estimación asciende a 3.516 euros.
Esta aportación económica se realizará en un único pago, a la finalización del proyecto, que no podrá prolongarse más allá del 30 de junio de 2022. El coste de las
actividades de 2021 correrá a cargo del ayuntamiento, sin perjuicio del ajuste que,
en su caso, proceda realizar en el ejercicio 2022, a fin de alcanzar la aportación
máxima de la Comunidad de Madrid, prevista en la presente cláusula.
El pago por parte de la Comunidad de Madrid se realizará por dicho importe máximo, con cargo al subconcepto 28001 “Promoción económica, cultural y educativa”, del Programa 336A, del Presupuesto de gastos, siempre que exista crédito
adecuado y suficiente.
Para ello será requisito necesario la previa presentación de certificación del Interventor del Ayuntamiento, de los gastos realizados, en la que se desglosará por conceptos el coste de todas las actividades desarrolladas en ejecución del Proyecto.
La certificación se acompañará de una sucinta memoria en la que se detallarán las
actividades y en la que deberá indicarse, además, en todo caso, el número de usuarios del Proyecto. Asimismo, se aportará imagen de los materiales de difusión, publicidad o cualquier otro relacionado con el Proyecto que, en su caso, se hubieran
elaborado.
El Ayuntamiento deberá presentar dicha documentación justificativa con anterioridad al día 16 de julio de 2022.
La aportación económica máxima total indicada podrá ser reducida en el caso de
que el Proyecto no sea ejecutado en su totalidad, que no se desarrolle durante todo
el período previsto, que no se desarrolle conforme a lo recogido en el presente
convenio, que su desarrollo se realice por un coste menor del previsto, que no
cuente con la participación estimada o que el Ayuntamiento destine una aportación mayor de la establecida.
— Facilitar instalaciones deportivas de la Comunidad de Madrid si fuera aconsejable
para el mejor desarrollo del proyecto, condicionado a la disponibilidad del uso de
dichas instalaciones en cada momento.
— Difundir y promocionar a nivel autonómico el Proyecto.

BOCM-20220124-61

Obligaciones de la Comunidad de Madrid