B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN (BOCM-20220124-12)
Concurso de méritos – Orden de 12 de enero de 2022, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 31 de agosto de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de septiembre de 2021) para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en dicha Consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 19
LUNES 24 DE ENERO DE 2022
Pág. 47
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Administración Local y Digitalización
12
ORDEN de 12 de enero de 2022, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 31
de agosto de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de septiembre de 2021) para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en dicha Consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos.
Por Orden de la Consejería de Administración Local y Digitalización de fecha 31 de
agosto de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de septiembre
de 2021), se aprobó convocatoria pública para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en la citada Consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10
de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería
de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); y, en lo no previsto por
las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como
las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De acuerdo con la propuesta efectuada por la Junta de Méritos y el informe favorable
emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en virtud de la competencia
atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la
Comunidad de Madrid y según el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero
Objeto
Se declaran desiertos los puestos que figuran en el Anexo.
Segundo
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho
plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución, salvo que el cese
haya sido formalmente diferido o aplazado por el órgano competente.
El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidas a los interesados, salvo que, por causas justificadas,
el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será el que establezca la orden de reingreso, conforme a lo previsto en la normativa
aplicable.
BOCM-20220124-12
Plazo de toma de posesión
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 19
LUNES 24 DE ENERO DE 2022
Pág. 47
I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal
Consejería de Administración Local y Digitalización
12
ORDEN de 12 de enero de 2022, de la Consejería de Administración Local y Digitalización, por la que se resuelve la convocatoria aprobada por Orden de 31
de agosto de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de septiembre de 2021) para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en dicha Consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos.
Por Orden de la Consejería de Administración Local y Digitalización de fecha 31 de
agosto de 2021 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de septiembre
de 2021), se aprobó convocatoria pública para la provisión de varios puestos de trabajo vacantes en la citada Consejería por el procedimiento de Concurso de Méritos.
En el procedimiento de provisión se han cumplido las normas de la Ley 1/1986, de 10
de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería
de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); y, en lo no previsto por
las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril), así como
las demás prescripciones contenidas en las bases de convocatoria correspondientes.
De acuerdo con la propuesta efectuada por la Junta de Méritos y el informe favorable
emitido por la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en virtud de la competencia
atribuida en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la
Comunidad de Madrid y según el Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid,
RESUELVO
Primero
Objeto
Se declaran desiertos los puestos que figuran en el Anexo.
Segundo
1. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días. Dicho
plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días siguientes al de la publicación de la presente resolución, salvo que el cese
haya sido formalmente diferido o aplazado por el órgano competente.
El cómputo del plazo posesorio se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias
que, en su caso, hayan sido concedidas a los interesados, salvo que, por causas justificadas,
el órgano que los concedió acuerde suspender el disfrute de los mismos.
2. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión será el que establezca la orden de reingreso, conforme a lo previsto en la normativa
aplicable.
BOCM-20220124-12
Plazo de toma de posesión