C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20220124-21)
Bases subvenciones – Orden 19/2022, de 10 de enero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se corrigen errores en la Orden 1747/2021, de 29 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras que han de regir la convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la financiación de proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea-Nextgeneration EU” y se efectúa la convocatoria del año 2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 76
LUNES 24 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 19
Debe decir:
“DISPOSICIÓN ADICIONAL
4. Solicitudes y plazo de presentación.
4.3.5. Declaración del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 3 de
esta Orden.
5. Que no es deudor por procedencia de reintegro en la Comunidad de Madrid, ni tiene
pendiente de justificar ninguna otra ayuda en el ámbito cultural en la Comunidad de Madrid”.
Tres. Donde dice:
“DISPOSICIÓN ADICIONAL
4. Solicitudes y plazo de presentación.
4.3.7. Memoria explicativa, con la definición, descripción y desarrollo del proyecto
para el que se solicita la subvención, incluyendo la previsión de explotación del mismo, a
los efectos previstos en el artículo 13.6 de las bases reguladoras”.
Debe decir:
“DISPOSICIÓN ADICIONAL
4. Solicitudes y plazo de presentación.
4.3.7. Memoria explicativa, con la definición, descripción y desarrollo del proyecto
para el que se solicita la subvención”.
Cuatro
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 10 de enero de 2022.
CIAL DE LA
La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte,
MARTA RIVERA DE LA CRUZ
BOCM-20220124-21
(03/607/22)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 76
LUNES 24 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 19
Debe decir:
“DISPOSICIÓN ADICIONAL
4. Solicitudes y plazo de presentación.
4.3.5. Declaración del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 3 de
esta Orden.
5. Que no es deudor por procedencia de reintegro en la Comunidad de Madrid, ni tiene
pendiente de justificar ninguna otra ayuda en el ámbito cultural en la Comunidad de Madrid”.
Tres. Donde dice:
“DISPOSICIÓN ADICIONAL
4. Solicitudes y plazo de presentación.
4.3.7. Memoria explicativa, con la definición, descripción y desarrollo del proyecto
para el que se solicita la subvención, incluyendo la previsión de explotación del mismo, a
los efectos previstos en el artículo 13.6 de las bases reguladoras”.
Debe decir:
“DISPOSICIÓN ADICIONAL
4. Solicitudes y plazo de presentación.
4.3.7. Memoria explicativa, con la definición, descripción y desarrollo del proyecto
para el que se solicita la subvención”.
Cuatro
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICOMUNIDAD DE MADRID.
En Madrid, a 10 de enero de 2022.
CIAL DE LA
La Consejera de Cultura, Turismo y Deporte,
MARTA RIVERA DE LA CRUZ
BOCM-20220124-21
(03/607/22)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791