Getafe (BOCM-20220120-42)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 338
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 16
alegaciones contra su resultado, bien solicitudes de subsanación de documentos alegados
específicamente en la instancia de participación pero que finalmente no hubieran podido
aportarse por demora de los servicios públicos en su expedición, siempre que pueda deducirse esta circunstancia. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso de
alzada contra el acuerdo definitivo por el que se resuelve el proceso. A los efectos aquí previstos y para mayor concreción de las puntuaciones otorgadas, el Secretario o secretaria de
la Comisión de Valoración dará vista del expediente a los concursantes que lo soliciten,
dentro del indicado plazo de 10 días hábiles.
Resueltas las reclamaciones presentadas y atendidas, en su caso, las solicitudes de subsanación oportunas, cuya respuesta podrá acometerse mediante notificación individual y/o
mediante anuncio en la sede electrónica municipal, la Comisión de Valoración hará público el resultado con las puntuaciones definitivas obtenidas por los aspirantes, ordenadas de
mayor a menor puntuación, especificando las calificaciones obtenidas en cada apartado y
sirviendo de notificación a todos los efectos.
Los casos de empate serán dirimidos en virtud de la mayor puntuación obtenida en el
apartado de “Méritos específicos adecuados a las características del puesto convocado”. De
persistir el empate, se acudirá a la mayor puntuación obtenida en el apartado de “Valoración
del trabajo desarrollado”, y de mantenerse la igualdad, se considerará el apartado relativo a
los “Cursos de formación y perfeccionamiento”. En defecto de todo lo anterior, decidirá la
fecha de ingreso como funcionario de carrera en la Subescala desde la que se concursa.
En caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados por el orden expresado. De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en la Subescala desde la que se concursa.
11. Resolución
La Comisión de Valoración elevará al órgano competente la propuesta de resolución
del concurso, con indicación de los o las candidato/a que, por haber obtenido la puntuación
más alta, deban resultar adjudicatarios/as de los puestos convocados. Se elevará propuesta
de declaración de desierto si ningún aspirante obtiene la puntuación mínima a que se refiere la Base anterior.
En el plazo de 5 días hábiles desde la publicación de la propuesta indicada, los/las candidatos/as seleccionados/as deberán aportar la documentación original acreditativa de los
requisitos y de los méritos.
La resolución del concurso se motivará con referencia al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de la convocatoria. En todo caso deberán quedar acreditadas
en el procedimiento, como fundamentos de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos del candidato/a. Esta resolución se
hará pública mediante el anuncio correspondiente en la sede electrónica municipal.
El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario/a, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo, y empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la a la publicación de la resolución del
concurso en la sede electrónica municipal, pudiendo aplazarse la fecha de cese por razones
debidamente justificadas.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados o interesadas, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de
toma de posesión, se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
En este supuesto o en el caso de que el aspirante propuesto no acreditara los requisitos
exigidos en la forma y plazos establecidos, el órgano convocante podrá requerir del Órgano de Valoración la proposición del siguiente candidato en orden de puntuación, siempre
que haya alcanzado la puntuación mínima.
13. Régimen de impugnaciones
Contra el acuerdo aprobatorio de las presentes Bases y conforme a lo establecido en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrá interponerse por quien posea la condición de interesado o interesada y potestativamente, recurso de reposición en el
BOCM-20220120-42
12. Destinos y toma de posesión
Pág. 338
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE ENERO DE 2022
B.O.C.M. Núm. 16
alegaciones contra su resultado, bien solicitudes de subsanación de documentos alegados
específicamente en la instancia de participación pero que finalmente no hubieran podido
aportarse por demora de los servicios públicos en su expedición, siempre que pueda deducirse esta circunstancia. Todo ello sin perjuicio de la posibilidad de interponer recurso de
alzada contra el acuerdo definitivo por el que se resuelve el proceso. A los efectos aquí previstos y para mayor concreción de las puntuaciones otorgadas, el Secretario o secretaria de
la Comisión de Valoración dará vista del expediente a los concursantes que lo soliciten,
dentro del indicado plazo de 10 días hábiles.
Resueltas las reclamaciones presentadas y atendidas, en su caso, las solicitudes de subsanación oportunas, cuya respuesta podrá acometerse mediante notificación individual y/o
mediante anuncio en la sede electrónica municipal, la Comisión de Valoración hará público el resultado con las puntuaciones definitivas obtenidas por los aspirantes, ordenadas de
mayor a menor puntuación, especificando las calificaciones obtenidas en cada apartado y
sirviendo de notificación a todos los efectos.
Los casos de empate serán dirimidos en virtud de la mayor puntuación obtenida en el
apartado de “Méritos específicos adecuados a las características del puesto convocado”. De
persistir el empate, se acudirá a la mayor puntuación obtenida en el apartado de “Valoración
del trabajo desarrollado”, y de mantenerse la igualdad, se considerará el apartado relativo a
los “Cursos de formación y perfeccionamiento”. En defecto de todo lo anterior, decidirá la
fecha de ingreso como funcionario de carrera en la Subescala desde la que se concursa.
En caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a la otorgada a los méritos enunciados por el orden expresado. De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera en la Subescala desde la que se concursa.
11. Resolución
La Comisión de Valoración elevará al órgano competente la propuesta de resolución
del concurso, con indicación de los o las candidato/a que, por haber obtenido la puntuación
más alta, deban resultar adjudicatarios/as de los puestos convocados. Se elevará propuesta
de declaración de desierto si ningún aspirante obtiene la puntuación mínima a que se refiere la Base anterior.
En el plazo de 5 días hábiles desde la publicación de la propuesta indicada, los/las candidatos/as seleccionados/as deberán aportar la documentación original acreditativa de los
requisitos y de los méritos.
La resolución del concurso se motivará con referencia al cumplimiento de las normas
reglamentarias y de las bases de la convocatoria. En todo caso deberán quedar acreditadas
en el procedimiento, como fundamentos de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos del candidato/a. Esta resolución se
hará pública mediante el anuncio correspondiente en la sede electrónica municipal.
El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario/a, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo, y empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la a la publicación de la resolución del
concurso en la sede electrónica municipal, pudiendo aplazarse la fecha de cese por razones
debidamente justificadas.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados o interesadas, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de
toma de posesión, se hubiere obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
En este supuesto o en el caso de que el aspirante propuesto no acreditara los requisitos
exigidos en la forma y plazos establecidos, el órgano convocante podrá requerir del Órgano de Valoración la proposición del siguiente candidato en orden de puntuación, siempre
que haya alcanzado la puntuación mínima.
13. Régimen de impugnaciones
Contra el acuerdo aprobatorio de las presentes Bases y conforme a lo establecido en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrá interponerse por quien posea la condición de interesado o interesada y potestativamente, recurso de reposición en el
BOCM-20220120-42
12. Destinos y toma de posesión