D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20220120-26)
Convenio –  Adenda de 20 de diciembre de 2021, modificación y prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Asociación para el Estudio de la Enfermedades Infecciosas para la implantación del programa “Salud entre Culturas” de acompañamiento a pacientes extranjeros aquejados de enfermedades infecciosas atendidos por la sanidad madrileña y a sus familiares en los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 20 DE ENERO DE 2022

B.O.C.M. Núm. 16

Segundo
Corresponde al Consejero de Sanidad la propuesta, el desarrollo, la coordinación y el
control de la ejecución de las políticas del gobierno de la Comunidad de Madrid en las siguientes materias: planificación, gestión y asistencia sanitaria, atención farmacéutica, infraestructuras y equipamientos sanitarios, aseguramiento sanitario, docencia y formación
sanitaria, investigación e innovación sanitaria, humanización sanitaria, coordinación sociosanitaria, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la Comunidad de
Madrid, salud pública, salud mental, inspección y ordenación sanitaria y farmacéutica, seguridad alimentaria y trastornos adictivos, según lo establecido en el artículo 1 del Decreto 307/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad. Asimismo, le corresponden las atribuciones
que, como jefe de su Departamento, se recogen en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de
diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.
Tercero
La Consejería de Sanidad, a través de la Dirección General de Humanización y Atención al Paciente, lleva a cabo la promoción, desarrollo y despliegue de aquellas actuaciones
institucionales que garanticen la humanización de la asistencia sanitaria a través de la personalización de la atención en diferentes niveles y a lo largo del proceso asistencial, según lo
previsto en el apartado h) del artículo 5 del Decreto 307/2019, de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
Asimismo, el apartado g) de dicho artículo se refiere a la promoción, desarrollo y despliegue de los procedimientos que garanticen la comunicación, relación, interlocución y mediación de los ciudadanos en todos los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud.
Cuarto
La Consejería de Sanidad ha apostado por ofrecer a los ciudadanos un sistema sanitario cercano que, sin aminorar su calidad científico-técnica, ponga al paciente como eje del
sistema sanitario y dé respuesta a sus necesidades de una manera integral.
Quinto
El artículo 2 del Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio
Madrileño de Salud, lo define como un ente de Derecho Público de los previstos en el artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de
Madrid, adscrito a la consejería que tenga atribuidas las competencias en materia de sanidad.
Su finalidad, según se desprende del artículo 4 del mismo decreto, es contribuir a la
adecuada organización y ordenación de las actuaciones que competen a la Administración
sanitaria de la Comunidad de Madrid y se le encomienda la atención integral de la salud en
todos los ámbitos asistenciales y el establecimiento de medidas para garantizar la calidad y
seguridad de los servicios sanitarios.
La disposición adicional segunda del decreto 308/2019 de 26 de noviembre, por el que
se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, recoge los centros adscritos al Servicio Madrileño de Salud.

La Asociación para el Estudio de la Enfermedades Infecciosas, en adelante la Asociación, es una organización social sin ánimo de lucro, declarada de utilidad pública e inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el número 99.618, entre cuyos fines se encuentra la asistencia, investigación y docencia en el cambio de las enfermedades
infecciosas. Entre sus actividades se incluye la asistencia e investigación en aspectos sociosanitarios relacionados con patologías infecciosas a personas en situación de desigualdad
social que contribuye a la mejora de la comunicación entre pacientes y profesionales sanitarios, y por tanto a la calidad asistencial.
Séptimo
La Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño
de Salud y la Asociación para el Estudio de la Enfermedades Infecciosas suscribieron el 27
de diciembre de 2017 un convenio para la implantación del programa “Salud entre Cultu-

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Sexto