Móstoles número 1 (BOCM-20211124-111)
Procedimiento 621/2020
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 436
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE NOVIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 280
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
111
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Victoria Esteban Delgado, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de
lo Social número 1 de Móstoles.
Hago Saber: Que en el procedimiento 621/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. ÁNGEL PÉREZ NAVAS frente a TOLLECIN SL, TELECOEL
ELECTRIFICACIONES SL y AZVI SA sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la
siguiente resolución:
FALLO
Notifíquese la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de
los 5 días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá
acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de
este juzgado abierta en el Banco Santander, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta expediente 2850-0000-00-0621-20, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de la entidad financiera por el mismo importe, en el
que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
La presente resolución judicial, la pronuncia, manda y firma don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, en nombre de
su Majestad el Rey.
BOCM-20211124-111
Estimar la demanda de despido interpuesta por don Ángel Pérez Navas contra Tollecín, S.L., Azvi, S.A. y Telecoel Electrifidaciones, S.L., declarando improcedente el despido del demandante, condenando a Tollecín, S.L. a que opte en el plazo de 5 días desde la
notificación de la sentencia mediante escrito o comparecencia ante la Oficina del Juzgado
entre la readmisión del actor en las mismas condiciones que regían antes de producirse el
despido o abonarle una indemnización de 3.750,66 euros.
En el caso de que Tollecín, S.L. optase por la readmisión de don Ángel Pérez Navas
deberá abonarle los salarios de trámite desde el día 31 de Julio de 2020 hasta la fecha de la
notificación de la sentencia a razón de 71,78 euros diarios o hasta que hubiera encontrado
otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación.
En el caso de no efectuarse la opción aludida, se entenderá que Tollecín, S.L. opta por
la readmisión de don Ángel Pérez Navas.
Acuerdo tener por desistido a don Ángel Pérez Navas de la demanda interpuesta contra Telecoel Electrificaciones, S.L.
Estimar la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por don Ángel Pérez Navas contra Tollecín, S.L., Azvi, S.A. y Telecoel Electrificaciones, S.L., condenando a Tollecín, S.L. a abonar al demandante la cantidad de 6.066 euros netos más el 10 % de interés
por mora de los conceptos salariales, debiendo responder solidariamente Azvi, S.A. del importe de 5.066 euros netos.
Acuerdo tener por desistido a Don Ángel Pérez Navas de la demanda interpuesta contra Telecoel Electrificaciones S.L.
No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.
Pág. 436
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE NOVIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 280
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
111
MÓSTOLES NÚMERO 1
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Doña María Victoria Esteban Delgado, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de
lo Social número 1 de Móstoles.
Hago Saber: Que en el procedimiento 621/2020 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. ÁNGEL PÉREZ NAVAS frente a TOLLECIN SL, TELECOEL
ELECTRIFICACIONES SL y AZVI SA sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la
siguiente resolución:
FALLO
Notifíquese la presente sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de
los 5 días siguientes a su notificación y designando letrado o graduado social para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá
acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de
este juzgado abierta en el Banco Santander, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta expediente 2850-0000-00-0621-20, así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de la entidad financiera por el mismo importe, en el
que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
La presente resolución judicial, la pronuncia, manda y firma don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, en nombre de
su Majestad el Rey.
BOCM-20211124-111
Estimar la demanda de despido interpuesta por don Ángel Pérez Navas contra Tollecín, S.L., Azvi, S.A. y Telecoel Electrifidaciones, S.L., declarando improcedente el despido del demandante, condenando a Tollecín, S.L. a que opte en el plazo de 5 días desde la
notificación de la sentencia mediante escrito o comparecencia ante la Oficina del Juzgado
entre la readmisión del actor en las mismas condiciones que regían antes de producirse el
despido o abonarle una indemnización de 3.750,66 euros.
En el caso de que Tollecín, S.L. optase por la readmisión de don Ángel Pérez Navas
deberá abonarle los salarios de trámite desde el día 31 de Julio de 2020 hasta la fecha de la
notificación de la sentencia a razón de 71,78 euros diarios o hasta que hubiera encontrado
otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación.
En el caso de no efectuarse la opción aludida, se entenderá que Tollecín, S.L. opta por
la readmisión de don Ángel Pérez Navas.
Acuerdo tener por desistido a don Ángel Pérez Navas de la demanda interpuesta contra Telecoel Electrificaciones, S.L.
Estimar la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por don Ángel Pérez Navas contra Tollecín, S.L., Azvi, S.A. y Telecoel Electrificaciones, S.L., condenando a Tollecín, S.L. a abonar al demandante la cantidad de 6.066 euros netos más el 10 % de interés
por mora de los conceptos salariales, debiendo responder solidariamente Azvi, S.A. del importe de 5.066 euros netos.
Acuerdo tener por desistido a Don Ángel Pérez Navas de la demanda interpuesta contra Telecoel Electrificaciones S.L.
No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.