Madrid número 29 (BOCM-20211124-101)
Procedimiento 320/2019
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 280

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE NOVIEMBRE DE 2021

Pág. 425

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
101

MADRID NÚMERO 29
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. ISMAEL PEREZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
DEL Juzgado de lo Social n° 29 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 320/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MANUEL CIVANTOS RODRIGUEZ frente a TRAVEL
TRANSFER S.L. y FOGASA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente
resolución:
SENTENCIA nº 471/2021
En la Ciudad de Madrid, a 2 de noviembre de 2021.
Vistos por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez, Dña. Mª Aránzazu Espejo-Saavedra López,
los precedentes autos de Juicio de Despido número 320/2019 seguidos a instancia de D.
MANUEL CIVANTOS RODRÍGUEZ, asistido del letrado Sr. Campomanes Rodríguez,
frente a TRAVEL TRANSFER S.L, que no comparece, con intervención del FOGASA,
que no comparece, sobre DESPIDO;
EN NOMBRE DEL REY se ha dictado la siguiente sentencia, resultando los siguientes:
FALLO
Que estimando la demanda origen de las presentes actuaciones promovida por D. MANUEL
CIVANTOS RODRÍGUEZ, frente a TRAVEL TRANSFER S.L, que no comparece,
con intervención del FOGASA, sobre DESPIDO:

Se advierte a la partes que contra esta Sentencia puede interponerse Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo
por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a
su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se
advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al
tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta IBAN ES55
0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2802-0000-61-0320-19 del BANCO DE SANTANDER
aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval
de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria desde una cuenta corriente
abierta en cualquier entidad bancaria distinta de BANCO DE SANTANDER. Para ello ha
de seguir todos los pasos siguientes:
Emitir la transferencia a la cuenta bancaria siguiente: IBAN ES55 0049 3569 9200
0500 1274. En el campo ordenante, se indicará como mínimo el nombre o razón social de

BOCM-20211124-101

Declaro la improcedencia del despido de D. MANUEL CIVANTOS RODRÍGUEZ y
declaro extinguida la relación laboral entre las partes con fecha 2 de noviembre de 2021 y
en consecuencia debo condenar y condeno a TRAVELTRANSFER S.L a que abone al actor la suma de 4.210,35 euros en concepto de indemnización y 34.206,21 euros brutos en
concepto de salarios de tramitación, sin perjuicio de las deducciones o devoluciones que pudieren corresponder en relación a las prestaciones por desempleo percibidas.