Madrid número 18 (BOCM-20211124-88)
Ejecución 172/2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 280

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE NOVIEMBRE DE 2021

Pág. 411

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
88

MADRID NÚMERO 18
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social número 18 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 172/2021 de este Juzgado de lo social, seguido
a instancias de D./Dña. PORFIRIO SÁNCHEZ DÍAZ, D./Dña. FARID EL HADAD y
D./Dña. JOSÉ ANTONIO ALBERTO CASTRO frente a URBANIZADORA URCASA,
SA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:
Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante,
D./Dña. PORFIRIO SÁNCHEZ DÍAZ, D./Dña. JOSÉ ANTONIO ALBERTO CASTRO y
D./Dña. FARID EL HADAD, frente a la demandada URBANIZADORA URCASA, SA,
parte ejecutada, por un principal de 22.504,32 euros, más 3.600,00 euros presupuestado
para intereses y costas, sin perjuicio de su posterior liquidación.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
Modo de impugnación.—Mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de
los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles
infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO SANTANDER 2516-0000-64-0172-21.
Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez.
En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:
La Cuenta de Consignaciones del órgano judicial a efectos de pago será la siguiente:
2516-0000-64-0074-21 debiendo indicar en el campo concepto de pago banco cuenta consignaciones.
Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince dias
puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de
no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
Notifíquese la presente resolución a las partes, en legal forma.
Modo de impugnación: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en
el plazo de tres días desde su notificación.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a URBANIZADORA URCASA, SA,
en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a tres de noviembre de dos mil veintiuno.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/31.413/21)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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