B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211124-7)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 565/2021, de 18 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Administrativos, de Administración General, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 280

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE NOVIEMBRE DE 2021

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7. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
8. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que éste no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarta
Tasa por derechos de examen
1. En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen, se estará a lo dispuesto en
el apartado segundo de la base octava de la Orden 290/2018, de 27 de junio, debiendo hacer constar como motivo de la liquidación u observaciones del pago de la tasa: “Acceso por
promoción interna al Cuerpo de Administrativos”.
2. Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en el citado apartado segundo, quienes soliciten participar en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en dicho apartado, la tasa por derechos ordinarios de examen
en procesos selectivos para ingreso en el Subgrupo C1 (“D.o Examen Titulación Subgrupo
C1/Grupo Profesional III-Función Pública Dchos. ordinarios de examen”), y que asciende
a 16,89 euros.
Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe de
la tasa será de 8,44 euros.
Quinta
Admisión de aspirantes
1. En cuanto a la admisión de las personas aspirantes, se estará a lo dispuesto en la
base novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio.
2. En el caso de que alguna de las personas interesadas haya presentado su solicitud
de forma presencial, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica, en los términos y con los efectos establecidos en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, considerándose a todos los efectos como fecha de presentación de la solicitud aquélla
en la que se haya realizado la correspondiente subsanación, de acuerdo con lo recogido en
el artículo 5.3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio.
Sexta
1. El Tribunal Calificador de este proceso selectivo será designado por Resolución
de la Dirección General de Función Pública, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE
LA COMUNIDAD DE MADRID, rigiéndose por lo establecido en la base décima de la Orden 290/2018, de 27 de junio. A efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio, quedará incluido en la categoría segunda.
2. El régimen jurídico aplicable al Tribunal de Selección será el que se establece para
los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que
se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, y en cualquier otra
normativa que resulte de aplicación, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el artículo 24.6
del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024).
3. A efectos de regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias de los miembros del Tribunal, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejería de Hacienda, en relación con lo señalado en
la Resolución de 3 de enero de 2019, de la Dirección General de Función Pública, por la que
se dictan instrucciones sobre el incremento de la cuantía de determinadas indemnizaciones
en concepto de asistencias por la participación en tribunales de selección de personal funcionario y laboral de la Comunidad de Madrid, y en el resto de normativa en la materia.

BOCM-20211124-7

Tribunal de Selección