C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211124-31)
Bases subvenciones –  Orden de 22 de noviembre de 2021, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo por la que se modifica la Orden de 9 de octubre de 2020, del Consejero de Economía, Empleo y Competitividad por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del programa de formación en alternancia con la actividad laboral dirigido a prevenir el riesgo de desempleo de larga duración como consecuencia de la pandemia del COVID-19 para su financiación a través del eje REACT-UE en el marco del programa operativo regional del Fondo Social Europeo y se convocan subvenciones para el año 2021
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BOCM
Pág. 240

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 24 DE NOVIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 280

Declara responsablemente que la entidad solicitante se compromete a comunicar cuantas solicitudes u obtenciones de
subvención, relacionadas con la actividad subvencionada en la presente Orden, tramite o le sea reconocida a partir de la fecha de
hoy.
Declara responsablemente que la entidad solicitante se compromete a formalizar el contrato de trabajo con las personas
desempleadas que reúnan los requisitos exigidos en esta medida de empleo, de entre los que le remita la Oficina de Empleo.
Declara responsablemente que la entidad solicitante se compromete a formalizar la contratación en el plazo máximo establecido
en las normas reguladoras de esta medida de empleo. Igualemente, se compromete a proporcionar ocupación efectiva en el puesto
de trabajo aprobado a las personas desempleadas contratadas.
Declara responsablemente que la entidad solicitante se compromete a abonar a las personas desempleadas contratadas el
salario correspondiente a su ocupación y categoría profesional, según el convenio colectivo o la normativa laboral que le resulte
de aplicación. Asimismo, el compromiso de ingresar en la Tesorería General de la Seguridad Social las cuotas correspondientes.
En su caso, declara responsablemente que la entidad solicitante se compromete a e impartir la formación que, figurando en la
solicitud de subvención, le haya sido autorizada en la resolución por la que se concede la subvención.

9.- Memoria
Los datos consignados en este apartado son coincidentes con los reflejados en el certificado de aprobación del proyecto, donde se
determina para cada ocupación la categoría profesional y grupo de cotización a la Seguridad Social; el número de horas diarias
correspondientes a la jornada a tiempo completo y la descripción sucinta de los trabajos a realizar en la obra o servicio y el área de
actividad económica.
DENOMINACIÓN DEL PUESTO DE

DURACIÓN DEL

JORNADA DE TRABAJO

NÚMERO DE

TRABAJO

CONTRATO

Horas/Día

DESEMPLEADOS POR

Máximo 8 horas /día

OCUPACIÓN - PUESTO

Según convenio colectivo o costumbre

Mínimo 6 meses

Según C.N.O.-2011

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DE TRABAJO

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TOTAL DESEMPLEADOS

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Modelo: 2871F1

BOCM-20211124-31

OCUPACIÓN