D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20211123-26)
Convenio – Convenio de 8 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social y la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención por un importe de 70.000 euros para la financiación, durante la anualidad 2021, del Programa de Apoyo a la Inserción Laboral de la Mujer Rural en la Sierra Norte
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 279
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE NOVIEMBRE DE 2021
Pág. 179
registre en el SIUSS, responsabilidad de la Dirección General de Servicios Sociales, se
deberá adoptar el nivel de seguridad Medio del Esquema Nacional de Seguridad según
la D. Adicional 1ª.2 de la LOPDPGDD.
A estos efectos, la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte responderá a título de
responsable de tratamiento de ellos, así como de cuantos incumplimientos les sean achacados
del presente encargo, por las autoridades competentes, o de aquellos tratamientos de datos
personales de los usuarios que realice por su cuenta y riesgo.
5.-Duración y Disponibilidad de los Datos Personales
DURACIÓN: La duración del presente encargo coincidirá con la del Convenio del que trae causa
y de sus prórrogas.
Una vez finalice el encargo, la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Nortedebe:
x
Devolver a la Dirección General de Servicios Sociales los datos personales junto con los
soportes donde consten. La devolución debe comportar el borrado total de los datos
existentes en los equipos informáticos utilizados y la entrega material del resto de los
soportes (papel, cd…) No obstante, la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra
Norte podrá conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras
puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
x
En todo caso: la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte debe certificar,
mediante declaración responsable de su representante legal, que ha procedido al
borrado y/o a la destrucción de los datos personales, en los términos arriba
referenciados.”
BOCM-20211123-26
**** De incumplir la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norteen su calidad de
Encargado de tratamiento con las estipulaciones del presente Encargo quedará
considerado a título de Responsable del régimen de infracciones y sanciones
establecidas en el artículo 73 y siguientes de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos
Digitales
B.O.C.M. Núm. 279
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 23 DE NOVIEMBRE DE 2021
Pág. 179
registre en el SIUSS, responsabilidad de la Dirección General de Servicios Sociales, se
deberá adoptar el nivel de seguridad Medio del Esquema Nacional de Seguridad según
la D. Adicional 1ª.2 de la LOPDPGDD.
A estos efectos, la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte responderá a título de
responsable de tratamiento de ellos, así como de cuantos incumplimientos les sean achacados
del presente encargo, por las autoridades competentes, o de aquellos tratamientos de datos
personales de los usuarios que realice por su cuenta y riesgo.
5.-Duración y Disponibilidad de los Datos Personales
DURACIÓN: La duración del presente encargo coincidirá con la del Convenio del que trae causa
y de sus prórrogas.
Una vez finalice el encargo, la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Nortedebe:
x
Devolver a la Dirección General de Servicios Sociales los datos personales junto con los
soportes donde consten. La devolución debe comportar el borrado total de los datos
existentes en los equipos informáticos utilizados y la entrega material del resto de los
soportes (papel, cd…) No obstante, la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra
Norte podrá conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras
puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
x
En todo caso: la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norte debe certificar,
mediante declaración responsable de su representante legal, que ha procedido al
borrado y/o a la destrucción de los datos personales, en los términos arriba
referenciados.”
BOCM-20211123-26
**** De incumplir la Mancomunidad de Servicios Sociales Sierra Norteen su calidad de
Encargado de tratamiento con las estipulaciones del presente Encargo quedará
considerado a título de Responsable del régimen de infracciones y sanciones
establecidas en el artículo 73 y siguientes de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos
Digitales