D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20211122-36)
Convenio –  Adenda de 28 de octubre de 2021, de modificación y prórroga del convenio marco entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y Fundación Juegaterapia, para la realización de actividades en los centros sanitarios que mejoren la calidad de vida de los pacientes de oncología infantil y/u otras patologías infantiles
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 278

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 22 DE NOVIEMBRE DE 2021

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IV. Derecho de información
1. En cumplimiento de la normativa vigente en materia de protección de datos, se le
informa de que los datos personales que se faciliten serán responsabilidad del SERMAS
como Responsable del Tratamiento, cuyo Delegado de Protección de Datos (DPD) es el Comité DPD de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, con dirección en la Calle Melchor Fernández Almagro, número 1, 28029 Madrid, y cuya finalidad es la contemplada en el presente documento.
2. El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento, de conformidad con lo establecido en el Reglamento
(UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril
de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de
datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE. Con esta finalidad sus datos serán conservados durante los años necesarios
para cumplir con las obligaciones estipuladas en la normativa vigente aplicable. Asimismo,
se le informa de que los datos no serán comunicados a terceros, salvo en aquellos casos obligados por Ley.
3. Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad, en la medida que sean aplicables, a través de comunicación escrita a los Responsables del Tratamiento, en Plaza Carlos Trías Bertrán, número 7, 28020 Madrid, concretando su solicitud, junto con su DNI o documento equivalente.
Asimismo, le informamos de la posibilidad de presentar una reclamación ante la Agencia
Española de Protección de Datos.
Leído y entendido, el abajo firmante se compromete a cumplir lo arriba establecido.
Madrid, a

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de

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202 ..........

Nombre: ................................................................................................................................................................
DNI: ...........................................................................................................................................................................
Firma:

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Cuarta
Se modifica la cláusula quinta, que quedara redactada de la siguiente manera:
“Quinta. Protección del menor
En el caso de que las actividades de ejecución del convenio conllevarán el contacto con
menores de edad, será de aplicación lo dispuesto en los artículos 57 a 60 y la disposición
adicional sexta de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
Conforme al artículo 57.1 de la ley, será requisito para el acceso y ejercicio de cualesquiera profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas menores de edad, el no haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra
la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995,
de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la
aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
Para dar cumplimiento a lo anterior, antes del inicio de la actividad la Fundación Juegaterapia aportará una declaración responsable indicando que solicita y dispone de todos
los certificados a que hace referencia el párrafo anterior, poniendo a disposición de la Consejería o el Servicio Madrileño de Salud la información correspondiente.
La existencia previa o sobrevenida de antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos conllevará el fin inmediato de la participación de
la persona en las actividades que impliquen el contacto habitual con personas menores.
Los datos establecidos en los certificados antes mencionados deberán ser tratados de
acuerdo con la normativa especificada en la cláusula cuarta, sobre protección de datos de
carácter personal, confidencialidad y transparencia”.

BOCM-20211122-36

Modificación de la cláusula quinta denominada “Protección del menor”