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Convenio –  Adenda de 9 de septiembre de 2021, de modificación al convenio de cooperación educativa entre el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Rey Juan Carlos para el desarrollo de prácticas por parte de estudiantes de Grado en Trabajo Social
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 256

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE OCTUBRE DE 2021

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Segundo
Que de acuerdo con lo establecido en el convenio, podrá modificarse el Anexo I en el
que se incluyen los centros sanitarios en los que realizarán prácticas los alumnos de la
URJC, previo acuerdo de la Comisión Mixta, prevista en la cláusula séptima del convenio.
Tercero
Que por acuerdo de la Comisión Mixta de 23 de febrero de 2021 se ha aprobado la modificación del convenio para incluir en el Anexo I, dentro de los centros de Atención Hospitalaria, al Hospital al Hospital Central de la Cruz Roja “San José y Santa Adela”.
Cuarto
Que, atendiendo a las observaciones del informe de la Dirección General de Sistemas de
Información y Equipamientos Sanitarios, de fecha 5 de marzo de 2021, procede modificar la
cláusula octava, así como el Anexo II, apartado b) y la cláusula tercera del mismo. Igualmente, se incorpora en el Anexo III una referencia a la necesidad de que el modelo de confidencialidad que se elabore para cada centro sanitario incluya una referencia a la información que
deben facilitar a los alumnos, conforme al artículo 13 del Reglamento (UE) 2016/679, de 27
de abril de 2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la
libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento de
Protección de Datos).
Por todo ello, las partes acuerdan suscribir la presente adenda de acuerdo con las siguientes cláusulas:
Cláusula primera
Modificación del Anexo I. Centros afectados por el convenio
Se modifica el apartado 2 del Anexo I (centros de Atención Hospitalaria) que pasará a
tener el siguiente contenido:
“HU. Clínico San Carlos; HU. de Móstoles; HU. de Fuenlabrada; H.U.F. de Alcorcón;
Hospital Central de la Cruz Roja “San José y Santa Adela”.
Cláusula segunda
Modificación de la cláusula octava. Protección de datos de carácter personal
La cláusula octava pasará a tener el siguiente contenido:
“Octava

Las partes firmantes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, así como en el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de Protección de Datos), así como la normativa posterior que lo desarrolle o modifique.
Los datos de carácter personal que se recaben u obtengan las partes en el desarrollo y aplicación del convenio, serán tratados y utilizados de conformidad con la normativa vigente.
En particular, las partes se comprometen a respetar el deber de secreto, y las limitaciones en su caso marcadas por la normativa de aplicación, sobre cualquier información a la que
se tenga acceso en la realización de actividades objeto de este convenio, salvo aquella información que deba ser pública según lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno la Ley 10/2019, de 10 de
abril, de Transparencia y de participación de la Comunidad de Madrid.
El tratamiento de los datos del presente convenio queda sometido a la mencionada normativa, así como a la vigente en cada momento, de conformidad con los Anexos II, III y IV
de este Convenio”.

BOCM-20211027-32

Protección de datos de carácter personal