Belmonte de Tajo (BOCM-20211026-61)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 26 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 255

de administrativo, técnico o nivel superior en la Escala de Administración General en Administración Local 1, puntos hasta un máximo de 3 puntos.
B.2. Por cada año completo (365 días) sin interrupción desempeñando funciones
como funcionario de carrera, interino o laboral a tiempo completo en el puesto
de auxiliar administrativo en la escala de administración general en administración local 1 puntos hasta un máximo de 2 puntos.
B.3. Por cada año completo (365 días) sin interrupción desempeñando funciones
como funcionario de carrera, interino o laboral a tiempo completo en el puesto
de administrativo, técnico o auxiliar en la escala de administración general en
otras Administraciones Públicas distinta de la local 1 puntos hasta un máximo
de 1 punto.
Los méritos relativos a la experiencia laboral deberán ser acreditados mediante Informe suscrito por el responsable de la dependencia o departamento en el que se hubieran prestado los servicios, que deberá identificarse con su cargo o condición, y deberá detallar el
puesto desempeñado por el aspirante, indicando su condición de funcionario de carrera, interino o laboral y su duración o certificado expedido por el secretario sobre los servicios
prestados en las Administraciones Públicas que indiquen las fechas de prestación de los
servicios, el puesto desempeñado y la condición como funcionario de carrera, interino o laboral, en su caso, mediante fotocopias compulsadas de los correspondientes de nombramiento, puestos o contratos donde se especifique el tiempo de duración y puesto desempeñado, acompañados, en su caso, de documento fehaciente en el que conste la duración
efectiva del mismo.
No se valorará como experiencia profesional los períodos de prácticas formativas ni
las becas de colaboración o de formación.
En caso de empate y persistir el empate en la fase de concurso, se estará a las mejores
puntuaciones obtenidas en los Apartado A.1, A.2, A.3, B.1, B.2 y B.3 sucesivamente y por
este orden. De continuar el empate, se deshará por orden alfabético a partir de la letra A.
Séptima. Calificación
La puntuación de todos los méritos será de 0 a 10 puntos, resultando eliminados los aspirantes que no lleguen a 1 puntos.
La calificación final será la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso.

Primera.—Los aspirantes propuestos presentarán en el registro general de entrada del
Ayuntamiento, dentro del plazo de cinco días hábiles desde que se publiquen en el tablón
de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento las relaciones definitivas de aprobados los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en
la convocatoria y en particular los que se relacionan a continuación:
a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse
en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que
hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no
hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
b) Declaración jurada o promesa de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas propias del puesto de trabajo.
c) Declaración jurada o promesa de no tener otro empleo público en el momento de
la toma de posesión de la plaza, así como de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo a desempeñar, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Si dentro del plazo indicado y, salvo causas de fuerza mayor, el aspirante nombrado
no presenta la documentación o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá tomar posesión, quedando anuladas todas las actuaciones, sin per-

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Octava. Relación de aprobados, acreditación de requisitos exigidos y nombramiento