B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211026-12)
Aspirantes proceso selectivo –  Resolución de 8 de octubre de 2021, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en el proceso selectivo para el acceso a plazas de carácter laboral de la Categoría Profesional de Educador (Educación Infantil), Grupo III, Nivel 6, Área C, de la Comunidad de Madrid, se publica la relación definitiva de personas excluidas y se anuncia la celebración del primer ejercicio de la oposición
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 26 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 255

I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
12

RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2021, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones definitivas de personas aspirantes
admitidas y excluidas en el proceso selectivo para el acceso a plazas de carácter laboral de la Categoría Profesional de Educador (Educación Infantil), Grupo III, Nivel 6, Área C, de la Comunidad de Madrid, se publica la relación definitiva de personas excluidas y se anuncia la celebración del primer ejercicio de
la oposición.

Mediante Orden 1177/2019, de 10 de abril, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 98, de 26 de abril), se convocaron pruebas selectivas para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Educador (Educador Infantil), Grupo III, Nivel 6,
Área C, de la Comunidad de Madrid.
Posteriormente, mediante Resolución de 10 de julio de 2020, de la Dirección General
de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 223, de 14
de septiembre), fueron aprobadas las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas y publicada la relación provisional de excluidas y la de aspirantes que han
solicitado adaptación, con indicación de si deben aportar, o no, documentación acreditativa de la adaptación solicitada en las señaladas pruebas.
Asimismo, por Resolución de 24 de julio de 2019, del mismo centro directivo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 187, de 8 de agosto), se hizo pública
la composición del Tribunal calificador del proceso selectivo de referencia, modificándose
mediante Resolución de 18 de enero de 2021, de la Dirección General de Función Pública
(BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 24, de 29 de enero).
En virtud de cuanto antecede, una vez transcurrido el plazo habilitado para la subsanación de defectos de las solicitudes de participación y efectuadas las comprobaciones pertinentes, esta Dirección General, de conformidad con lo establecido en la base novena apartado cuarto de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de
Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprueban las bases generales por las
que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid,
RESUELVE
Primero
Aprobar las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en las
referidas pruebas selectivas, que se expondrán en los tablones de anuncios de las oficinas
de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en el enlace
http://www.comunidad.madrid/servicios/informacion-atencion-ciudadano o a través del
Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid.
Igualmente, a efectos meramente informativos, dichas relaciones se encontrarán disponibles en la página web https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/educador-infantil
Publicar como Anexo a la presente Resolución la relación definitiva de personas aspirantes excluidas en el reseñado proceso selectivo.
Tercero
La inclusión en la relación definitiva de personas admitidas al proceso selectivo no supone, en ningún caso, el reconocimiento por parte de la Administración de que las mismas
reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la orden de convocatoria. La acreditación y verificación de éstos tendrá lugar, para aquellas personas que superen el proceso

BOCM-20211026-12

Segundo