Madrid número 18 (BOCM-20211025-84)
Procedimiento 736/2021
3 páginas totales
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
LUNES 25 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 254
Estimo la demanda promovida por D.CESAR AUGUSTO ATUNCAR TAIPE frente
a DATOS PERU SL, declaro la improcedencia del despido de que fue objeto la demandante así como la extinción de la relación laboral a fecha del despido, condenando a la empleadora demandada a que le abone las siguientes cantidades: en concepto de indemnización
11.707,76 euros así como salarios de tramitación desde el despido hasta la extinción de la
relación laboral con descuento de los periodos en que haya podido permanecer en situación
de incapacidad temporal y/o de los salarios que haya podido percibir en posteriores empleos
y/o prestaciones de desempleo que haya podido percibir para su reintegro al Servicio Público de Empleo hasta el límite del salario diario declarado probado (50,09 euros /día).
Estimo la demanda en reclamación de cantidad promovida por D.DAVID PASTOR
PORTUGUES frente a DATOS PERU SL, en reclamación de cantidad, condeno a la demandada a que abone la actora la cantidad de 2.166,58 euros, más un 10% en concepto de
interés anual por mora, en proporción al período transcurrido desde el 9 de junio de 2021,
hasta la fecha.
Estimo la demanda en reclamación de cantidad promovida por D.JORGE LUIS IZQUIERDO LEANDRO frente a DATOS PERU SL, en reclamación de cantidad, condeno
a la demandada a que abone la actora la cantidad de 2.166,58 euros, más un 10% en concepto de interés anual por mora, en proporción al período transcurrido desde el 9 de junio
de 2021, hasta la fecha.
Estimo la demanda en reclamación de cantidad promovida por D. DANIEL FERNANDEZ SANCHEZ frente a DATOS PERU SL, en reclamación de cantidad, condeno a la demandada a que abone la actora la cantidad de 2.052,84 euros, más un 10% en concepto de
interés anual por mora, en proporción al período transcurrido desde el 9 de junio de 2021,
hasta la fecha.
Estimo la demanda en reclamación de cantidad promovida por D.CESAR AUGUSTO
ATUNCAR TAIPE frente a DATOS PERU SL, en reclamación de cantidad, condeno a la
demandada a que abone la actora la cantidad de 2.166,58 euros, más un 10% en concepto
de interés anual por mora, en proporción al período transcurrido desde el 9 de junio de 2021,
hasta la fecha.
No procede hacer especial pronunciamiento sobre las costas.
Notificase la presente resolución al fondo de Garantía Salarial a los efectos legales
oportunos
Notifíquese y se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse
Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los
cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado
para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita
que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en
la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2516-0000-61-0736-21 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo
de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de
Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
BOCM-20211025-84
Pág. 672
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 254
Estimo la demanda promovida por D.CESAR AUGUSTO ATUNCAR TAIPE frente
a DATOS PERU SL, declaro la improcedencia del despido de que fue objeto la demandante así como la extinción de la relación laboral a fecha del despido, condenando a la empleadora demandada a que le abone las siguientes cantidades: en concepto de indemnización
11.707,76 euros así como salarios de tramitación desde el despido hasta la extinción de la
relación laboral con descuento de los periodos en que haya podido permanecer en situación
de incapacidad temporal y/o de los salarios que haya podido percibir en posteriores empleos
y/o prestaciones de desempleo que haya podido percibir para su reintegro al Servicio Público de Empleo hasta el límite del salario diario declarado probado (50,09 euros /día).
Estimo la demanda en reclamación de cantidad promovida por D.DAVID PASTOR
PORTUGUES frente a DATOS PERU SL, en reclamación de cantidad, condeno a la demandada a que abone la actora la cantidad de 2.166,58 euros, más un 10% en concepto de
interés anual por mora, en proporción al período transcurrido desde el 9 de junio de 2021,
hasta la fecha.
Estimo la demanda en reclamación de cantidad promovida por D.JORGE LUIS IZQUIERDO LEANDRO frente a DATOS PERU SL, en reclamación de cantidad, condeno
a la demandada a que abone la actora la cantidad de 2.166,58 euros, más un 10% en concepto de interés anual por mora, en proporción al período transcurrido desde el 9 de junio
de 2021, hasta la fecha.
Estimo la demanda en reclamación de cantidad promovida por D. DANIEL FERNANDEZ SANCHEZ frente a DATOS PERU SL, en reclamación de cantidad, condeno a la demandada a que abone la actora la cantidad de 2.052,84 euros, más un 10% en concepto de
interés anual por mora, en proporción al período transcurrido desde el 9 de junio de 2021,
hasta la fecha.
Estimo la demanda en reclamación de cantidad promovida por D.CESAR AUGUSTO
ATUNCAR TAIPE frente a DATOS PERU SL, en reclamación de cantidad, condeno a la
demandada a que abone la actora la cantidad de 2.166,58 euros, más un 10% en concepto
de interés anual por mora, en proporción al período transcurrido desde el 9 de junio de 2021,
hasta la fecha.
No procede hacer especial pronunciamiento sobre las costas.
Notificase la presente resolución al fondo de Garantía Salarial a los efectos legales
oportunos
Notifíquese y se advierte a las partes que contra esta Sentencia puede interponerse
Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los
cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado
para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita
que deberá acreditar al tiempo de interponerlo haber ingresado el importe de 300 euros en
la cuenta IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 con nº 2516-0000-61-0736-21 del BANCO DE SANTANDER aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo
de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en el BANCO DE SANTANDER o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de
Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
BOCM-20211025-84
Pág. 672
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID