D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20211025-24)
Convenio – Convenio de 27 de septiembre de 2021, específico entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Asociación de Empresas de la Construcción de Madrid (AECOM) para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2021 y 2022 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 254
Del material no distribuido y, por tanto, quede en depósito, deberá certificarse por parte de los firmantes del convenio especificando su cantidad, lugar donde se deposita y fin
para el que previsiblemente se utilizará.
No se considerará como distribución el envío de la documentación a otras dependencias
del propio beneficiario, de forma que para cumplir con las obligaciones del convenio debe
considerarse únicamente la entrega al destinatario final, trabajador, empresario o empresa.
11.2.3. Organización de jornadas:
a) Acta justificativa de cada una de ellas firmada por el coordinador y con el visto
bueno de uno de los firmantes del convenio, indicando la fecha, hora, duración,
lugar de realización, relación de personal asistente y material entregado, según lo
establecido en la cláusula segunda del presente convenio.
b) Hoja de control de asistencia de los alumnos en documento original, con nombre y
apellidos y firma de cada uno de los asistentes a cada una de las jornadas. Se entregará igualmente una versión Excel de este documento con la información de los
alumnos.
c) Programa de la jornada o curso en el que consten los ponentes y el contenido de los
mismos.
La información solicitada en los puntos a) y b) de la sección actual podrá recogerse en
un documento único.
Cuando los técnicos del IRSST así lo soliciten, se proporcionará información complementaria suficiente para que puedan verificar, en su caso la efectiva realización de las jornadas.
11.2.4. Actuaciones de divulgación y difusión:
A) Contenido del dossier:
Dossier de cada uno de los materiales editados integrado por:
1. Dos (2) ejemplares en papel si el elemento ha sido editado en dicho soporte.
2. Un (1) CD, DVD o dispositivo de memoria equivalente que incluya los archivos del material elaborado en el formato adecuado para su visualización y su
posible utilización posterior por parte del IRSST, de acuerdo a las cláusulas
del presente convenio de propiedad intelectual.
B) Otras consideraciones:
1. De todo el material que sea objeto de distribución, se deberá presentar un cuadro estadístico, firmado por el responsable, que recoja la totalidad del material distribuido, y en el que conste identificada la persona, la empresa receptora o el centro de trabajo en el que se ha entregado de dicho material con el
visto bueno del representante legal correspondiente. Este cuadro deberá ser
entregado igualmente en soporte Excel.
2. En caso de que el material sea remitido por correo, se justificará mediante albarán expedido por la oficina de correos o factura emitida por el centro en el
que se adquieran los sellos en el caso de correo ordinario, o en el supuesto de
correo certificado relación de certificados expedida por la Sociedad Estatal
Correos y Telégrafos, S.A.
3. Del material no distribuido y, por tanto, quede en depósito, deberá certificarse
por parte de los firmantes del convenio especificando su cantidad, lugar donde se deposita y fin para el que previsiblemente se utilizará.
4. No se considerará como distribución el envío de la documentación a otras dependencias del propio beneficiario, de forma que para cumplir con las obligaciones del convenio debe considerarse únicamente la entrega al destinatario
final, trabajador, empresario o empresa.
11.2.5. Costes indirectos.
Certificación del representante legal de la entidad acreditativo del porcentaje imputado
en concepto de costes indirectos, sin que se requiera justificación documental de dichos
gastos. Dicha certificación se acompañará de un estudio que justifique razonablemente el
porcentaje aplicado para la imputación de estos, sin perjuicio de la potestad de la Administración para solicitar la documentación que considere necesaria.
BOCM-20211025-24
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 25 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 254
Del material no distribuido y, por tanto, quede en depósito, deberá certificarse por parte de los firmantes del convenio especificando su cantidad, lugar donde se deposita y fin
para el que previsiblemente se utilizará.
No se considerará como distribución el envío de la documentación a otras dependencias
del propio beneficiario, de forma que para cumplir con las obligaciones del convenio debe
considerarse únicamente la entrega al destinatario final, trabajador, empresario o empresa.
11.2.3. Organización de jornadas:
a) Acta justificativa de cada una de ellas firmada por el coordinador y con el visto
bueno de uno de los firmantes del convenio, indicando la fecha, hora, duración,
lugar de realización, relación de personal asistente y material entregado, según lo
establecido en la cláusula segunda del presente convenio.
b) Hoja de control de asistencia de los alumnos en documento original, con nombre y
apellidos y firma de cada uno de los asistentes a cada una de las jornadas. Se entregará igualmente una versión Excel de este documento con la información de los
alumnos.
c) Programa de la jornada o curso en el que consten los ponentes y el contenido de los
mismos.
La información solicitada en los puntos a) y b) de la sección actual podrá recogerse en
un documento único.
Cuando los técnicos del IRSST así lo soliciten, se proporcionará información complementaria suficiente para que puedan verificar, en su caso la efectiva realización de las jornadas.
11.2.4. Actuaciones de divulgación y difusión:
A) Contenido del dossier:
Dossier de cada uno de los materiales editados integrado por:
1. Dos (2) ejemplares en papel si el elemento ha sido editado en dicho soporte.
2. Un (1) CD, DVD o dispositivo de memoria equivalente que incluya los archivos del material elaborado en el formato adecuado para su visualización y su
posible utilización posterior por parte del IRSST, de acuerdo a las cláusulas
del presente convenio de propiedad intelectual.
B) Otras consideraciones:
1. De todo el material que sea objeto de distribución, se deberá presentar un cuadro estadístico, firmado por el responsable, que recoja la totalidad del material distribuido, y en el que conste identificada la persona, la empresa receptora o el centro de trabajo en el que se ha entregado de dicho material con el
visto bueno del representante legal correspondiente. Este cuadro deberá ser
entregado igualmente en soporte Excel.
2. En caso de que el material sea remitido por correo, se justificará mediante albarán expedido por la oficina de correos o factura emitida por el centro en el
que se adquieran los sellos en el caso de correo ordinario, o en el supuesto de
correo certificado relación de certificados expedida por la Sociedad Estatal
Correos y Telégrafos, S.A.
3. Del material no distribuido y, por tanto, quede en depósito, deberá certificarse
por parte de los firmantes del convenio especificando su cantidad, lugar donde se deposita y fin para el que previsiblemente se utilizará.
4. No se considerará como distribución el envío de la documentación a otras dependencias del propio beneficiario, de forma que para cumplir con las obligaciones del convenio debe considerarse únicamente la entrega al destinatario
final, trabajador, empresario o empresa.
11.2.5. Costes indirectos.
Certificación del representante legal de la entidad acreditativo del porcentaje imputado
en concepto de costes indirectos, sin que se requiera justificación documental de dichos
gastos. Dicha certificación se acompañará de un estudio que justifique razonablemente el
porcentaje aplicado para la imputación de estos, sin perjuicio de la potestad de la Administración para solicitar la documentación que considere necesaria.
BOCM-20211025-24
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