Alcalá de Henares (BOCM-20211022-68)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 356
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 252
BOCM-20211022-68
2. Gastos de acondicionamiento, mantenimiento, limpieza y desinfección:
2.1. Limpieza y desinfección para la adecuación de dichos espacios a las medidas de
higiene y seguridad necesarias como consecuencia de la pandemia COVID-19.
2.2. Bacheado del viario existente y reparación puntual del acerado y bordillos.
2.3. Mantenimiento de la señalización horizontal y vertical.
2.4. Mantenimiento de la red de agua y/o de la red de saneamiento.
2.5. Mantenimiento y conservación de zonas verdes ya ajardinadas, incluso poda de
árboles y desbroce de zonas terrizas.
2.6. Mantenimiento de la red de alumbrado.
2.7. Limpieza de viario.
Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 8 de octubre
de 2021, publicadas en la página web http://www.ayto-alcaladehenares.es
Cuarto. Importe.—Importe total financiado es de 80.000,00 euros (cuantía de la subvención. El importe de la ayuda que se concede no superará en ningún caso el 50 por 100
respecto al coste total del gasto subvencionable con los siguientes importes máximos:
— 3.000,00 euros, cuando la puntuación obtenida se encuentre entre 1 a 7 puntos, según los baremos recogidos en el artículo 4.5 de las bases reguladoras.
— 6.000,00 euros, cuando la puntuación obtenida se encuentre entre 8 a 10 puntos,
según los baremos recogidos en el artículo 4.5 de las bases reguladoras.
— 9.000,00 euros, cuando la puntuación obtenida sea superior a 10 puntos, según los
baremos recogidos en el artículo 4.5 de las bases reguladoras.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Será de diez días hábiles a contar
desde el día siguiente al registro de la presente convocatoria en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones.
Sexto. Otros datos.—Las actuaciones subvencionables deberán estar realizadas y
pagadas entre el 1 de enero de 2021 y la fecha en que finalice el plazo de presentación de
solicitudes.
Para la evaluación de las solicitudes y propuesta de resolución, la Comisión de Evaluación aplicará los criterios y baremos recogidos en el artículo 4.5 de las Bases Reguladoras.
Alcalá de Henares, a 14 de octubre de 2021.—El alcalde-presidente, Javier Rodríguez
Palacios.
(03/29.616/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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B.O.C.M. Núm. 252
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2. Gastos de acondicionamiento, mantenimiento, limpieza y desinfección:
2.1. Limpieza y desinfección para la adecuación de dichos espacios a las medidas de
higiene y seguridad necesarias como consecuencia de la pandemia COVID-19.
2.2. Bacheado del viario existente y reparación puntual del acerado y bordillos.
2.3. Mantenimiento de la señalización horizontal y vertical.
2.4. Mantenimiento de la red de agua y/o de la red de saneamiento.
2.5. Mantenimiento y conservación de zonas verdes ya ajardinadas, incluso poda de
árboles y desbroce de zonas terrizas.
2.6. Mantenimiento de la red de alumbrado.
2.7. Limpieza de viario.
Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 8 de octubre
de 2021, publicadas en la página web http://www.ayto-alcaladehenares.es
Cuarto. Importe.—Importe total financiado es de 80.000,00 euros (cuantía de la subvención. El importe de la ayuda que se concede no superará en ningún caso el 50 por 100
respecto al coste total del gasto subvencionable con los siguientes importes máximos:
— 3.000,00 euros, cuando la puntuación obtenida se encuentre entre 1 a 7 puntos, según los baremos recogidos en el artículo 4.5 de las bases reguladoras.
— 6.000,00 euros, cuando la puntuación obtenida se encuentre entre 8 a 10 puntos,
según los baremos recogidos en el artículo 4.5 de las bases reguladoras.
— 9.000,00 euros, cuando la puntuación obtenida sea superior a 10 puntos, según los
baremos recogidos en el artículo 4.5 de las bases reguladoras.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Será de diez días hábiles a contar
desde el día siguiente al registro de la presente convocatoria en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones.
Sexto. Otros datos.—Las actuaciones subvencionables deberán estar realizadas y
pagadas entre el 1 de enero de 2021 y la fecha en que finalice el plazo de presentación de
solicitudes.
Para la evaluación de las solicitudes y propuesta de resolución, la Comisión de Evaluación aplicará los criterios y baremos recogidos en el artículo 4.5 de las Bases Reguladoras.
Alcalá de Henares, a 14 de octubre de 2021.—El alcalde-presidente, Javier Rodríguez
Palacios.
(03/29.616/21)
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