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Bien de interés cultural –  Resolución de 5 de octubre de 2021, de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Comunidad de Madrid, por la que se incoa el expediente de declaración como Bien de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, en la categoría de monumento, de la iglesia parroquial de Santa María la Antigua de Vicálvaro (Madrid)
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BOCM
Pág. 298

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 252

I. COMUNIDAD DE MADRID

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Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
54

RESOLUCIÓN de 5 de octubre de 2021, de la Dirección General de Patrimonio
Cultural de la Comunidad de Madrid, por la que se incoa el expediente de declaración como Bien de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, en la categoría de monumento, de la iglesia parroquial de Santa María la Antigua de Vicálvaro (Madrid).

Con base en la propuesta emitida por el Área de Catalogación de Bienes Culturales; de
conformidad con lo establecido en el artículo 7 y concordantes de la Ley 3/2013, de 18 de
junio, de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid; visto que la iglesia parroquial
Santa María la Antigua de Vicálvaro (Madrid), constituye un destacado ejemplo para la historia de la arquitectura madrileña de mediados del siglo XVI y principios del XVII, con cabecera de estilo gótico tardío y cuerpo de naves construido según trazas de Francisco de
Mora, dentro del manierismo clasicista; en virtud de las competencias establecidas en el artículo 7.1.b) del Decreto 280/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura y Turismo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 31 de octubre de 2019),
RESUELVO
Primero
Incoar el expediente para la declaración de Bien de Interés Cultural, en la categoría de
Monumento, de la Iglesia parroquial de Santa María la Antigua de Vicálvaro (Madrid),
cuya descripción y justificación de los valores que motivan su declaración figuran en el
Anexo adjunto.
Segundo
Ordenar que la presente Resolución se notifique a los interesados, a los efectos procedentes, y que se solicite informe a la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando que,
de conformidad con el artículo 7.3 de la Ley 3/2013, de 8 de junio, que de no ser emitido
en el mes siguiente a su petición se entenderá en sentido favorable a la declaración.
Tercero
Abrir un período de información pública por un plazo de un mes a contar desde la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, durante el cual se dará audiencia a los interesados, al Ayuntamiento de Madrid y
al Consejo Regional de Patrimonio Histórico; todo ello a fin de que cuantas personas tengan interés, puedan examinar el expediente, previa cita, en las dependencias de la Dirección
General de Patrimonio Cultural, calle Arenal, número 18, 28013 de Madrid, y presentar las
alegaciones que estimen oportuno.

Ordenar que la presente Resolución se notifique al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura y Deporte y al Registro de Bienes de Interés Cultural de la Comunidad de Madrid, para su anotación preventiva a los efectos procedentes.
Madrid, a 5 de octubre de 2021.—La Directora General de Patrimonio Cultural, Elena
Hernando Gonzalo.

BOCM-20211022-54

Cuarto