Madrid número 28 (BOCM-20211021-88)
Procedimiento 622/2021
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 251

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
88

MADRID NÚMERO 28
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 28 de Madrid.
HAGO SABER: Que en el procedimiento 622/2021 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de Dña. JENNI LIZETH FLORES frente a LEYVAN PELUQUERO,
S.L. y MINISTERIO FISCAL sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado la siguiente
sentencia de fecha 15/07/2021:
Que estimando como estimo la demanda formulada por Dª JENNI LIZETH FLORES,
frente a LEYVAN PELUQUERO S.L, con intervención del MINISTERIO FISCAL, no
comparecido, debo declarar y declaro la NULIDAD del despido de la trabajadora efectuado
el 13 de mayo de 2021, condenando a LEYVAN PELUQUERO S.L a estar y pasar por esta
declaración; y en consecuencia condeno a la LEYVAN PELUQUERO S.L a la inmediata
readmisión de la trabajadora en las mismas condiciones que ostentaba con anterioridad al
despido con abono de los salarios dejados de percibir a razón de 36,43 euros brutos/día.
Condeno a LEYVAN PELUQUERO S.L a abonar a Dª JENNI LIZETH FLORES, la
cantidad de 1.064,09 euros brutos, más 17,20 euros de intereses de demora.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe
interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo
de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con
lo dispuesto por los arts. 194 y ss. de la LRJS; y demás normas legales en vigor y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a LEYVAN PELUQUERO, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a veintitrés de septiembre de dos mil veintiuno.

BOCM-20211021-88

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/28.723/21)

http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791