Navas del Rey (BOCM-20211021-64)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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BOCM
JUEVES 21 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 251
No obstante, transcurridos tres años desde el nombramiento del personal funcionario interino se producirá el fin de la relación de interinidad, y la vacante solo podrá ser ocupada por
personal funcionario de carrera, salvo que el correspondiente proceso selectivo quede desierto, en cuyo caso se podrá efectuar otro nombramiento de personal funcionario interino.
Excepcionalmente, el personal funcionario interino podrá permanecer en la plaza que
ocupe temporalmente, siempre que se haya publicado la correspondiente convocatoria dentro del plazo de los tres años, a contar desde la fecha del nombramiento del funcionario interino. En este supuesto podrá permanecer hasta la resolución de la convocatoria, sin que
su cese dé lugar a compensación económica.
Undécima. Incompatibilidades.—Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su
caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y
demás normativa aplicable.
Duodécima. Incidencias.—Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo
al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Madrid, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases, será de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre; el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de
selección de los funcionarios de Administración Local; el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Navas del Rey, a 8 de octubre de 2021.—El alcalde, Jaime Peral Pedrero.
ANEXO I
TEMARIO GENERAL
1. La Constitución española de 1978: Características y estructura. Título I. De los derechos y deberes fundamentales. Título VIII. De la Organización Territorial del Estado.
2. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido.
Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva.
3. La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local. Disposiciones Generales. El municipio. La Provincia. Disposiciones Comunes a las Entidades Locales.
4. La Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Ámbito de aplicación. Derechos del interesado en el procedimiento administrativo. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento administrativo. Revisión
de los actos administrativos: Revisión de oficio. Los recursos administrativos. El recurso
contencioso-administrativo.
5. La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público: Ámbito de aplicación y principios generales. Órganos de las Administraciones Públicas. Convenios.
6. El Estatuto Básico del Empleado Público. Adquisición y pérdida de la condición de
funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades. Régimen
disciplinario. Especial referencia a la Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
TEMARIO URBANÍSTICO
7. Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.
8. Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20211021-64
Pág. 320
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 21 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 251
No obstante, transcurridos tres años desde el nombramiento del personal funcionario interino se producirá el fin de la relación de interinidad, y la vacante solo podrá ser ocupada por
personal funcionario de carrera, salvo que el correspondiente proceso selectivo quede desierto, en cuyo caso se podrá efectuar otro nombramiento de personal funcionario interino.
Excepcionalmente, el personal funcionario interino podrá permanecer en la plaza que
ocupe temporalmente, siempre que se haya publicado la correspondiente convocatoria dentro del plazo de los tres años, a contar desde la fecha del nombramiento del funcionario interino. En este supuesto podrá permanecer hasta la resolución de la convocatoria, sin que
su cese dé lugar a compensación económica.
Undécima. Incompatibilidades.—Los aspirantes propuestos quedarán sujetos, en su
caso, al cumplimiento de las prescripciones contenidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y
demás normativa aplicable.
Duodécima. Incidencias.—Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo
al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Madrid, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
En lo no previsto en las bases, será de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre; el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de
selección de los funcionarios de Administración Local; el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, y la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Navas del Rey, a 8 de octubre de 2021.—El alcalde, Jaime Peral Pedrero.
ANEXO I
TEMARIO GENERAL
1. La Constitución española de 1978: Características y estructura. Título I. De los derechos y deberes fundamentales. Título VIII. De la Organización Territorial del Estado.
2. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido.
Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva.
3. La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local. Disposiciones Generales. El municipio. La Provincia. Disposiciones Comunes a las Entidades Locales.
4. La Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Ámbito de aplicación. Derechos del interesado en el procedimiento administrativo. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del procedimiento administrativo. Revisión
de los actos administrativos: Revisión de oficio. Los recursos administrativos. El recurso
contencioso-administrativo.
5. La Ley de Régimen Jurídico del Sector Público: Ámbito de aplicación y principios generales. Órganos de las Administraciones Públicas. Convenios.
6. El Estatuto Básico del Empleado Público. Adquisición y pérdida de la condición de
funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades. Régimen
disciplinario. Especial referencia a la Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
TEMARIO URBANÍSTICO
7. Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.
8. Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid.
BOCM-20211021-64
Pág. 320
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID