Fuenlabrada (BOCM-20211020-51)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 250

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 20 DE OCTUBRE DE 2021

Pág. 233

Cuarto. Cuantía.—El Ayuntamiento de Fuenlabrada destinará para ello una aportación económica total de 70.000,00 euros, con cargo al ejercicio presupuestario 2021, aplicación de gasto 3022.9291.48905, según detalle:
GASTO
ACCIONES DE COOPERACIÓN (Gasto corriente
e inversión)
TOTAL

IMPORTE €
35.000,00
35.000,00
70.000,00

Nº ENTIDADES
1
1
2

BOCM-20211020-51

Se financiarán dos proyectos de cooperación por importe de 35.000 euros cada uno. El
período subvencionable para la realización del proyecto será el comprendido entre el 1 de
enero de 2021 y el 30 de abril de 2022.
Quinto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de
solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Lugar de presentación: En el Registro General del Ayuntamiento de Fuenlabrada y en
el registro telemático o en los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El modelo de solicitud y el resto de los anexos estarán disponibles en las dependencias
municipales y en la web oficial del Ayuntamiento de Fuenlabrada, donde se publicarán la
presente convocatoria y los anexos de manera íntegra. La documentación presentada estará redactada en castellano o acompañada de traducción jurada.
Sexto. Criterios.—El reparto se realizará en función de los puntos asignados conforme a los criterios establecidos en el artículo 10 de las bases. Se subvencionará un máximo
de 35.000 euros por proyecto presentado.
Séptimo. Pago.—El abono de las subvenciones, que tendrá carácter anticipado, se
materializará mediante transferencia a la cuenta bancaria que conste en la documentación
entregada por la entidad beneficiaria una vez se haya notificado la resolución de concesión.
Octavo. Justificación.—El plazo máximo para presentar la documentación justificativa que acredite la correcta aplicación de la cuantía otorgada anualmente será de tres meses, contados a partir de la finalización del período de ejecución.
Fuenlabrada, a 18 de octubre de 2021.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala
Ortega.
(03/29.846/21)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791