San Lorenzo de El Escorial (BOCM-20211020-56)
Personal. Ayudas acción social
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 250
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 20 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 245
día siguiente a la notificación, subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos,
con indicación de que, si así no lo hiciesen, se les tendrá por desistidos de su petición.
Una vez finalizado el plazo de subsanación previsto en el apartado anterior, se dictará
la correspondiente resolución, que irá acompañada de un anexo en el que se relacionarán
los solicitantes a los que se conceda la ayuda. Dicha resolución se aprobará por la Comisión de Acción Social del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial.
ANEXO I
AYUDAS ASISTENCIALES
1. Objeto de la ayuda
Consistirá en el abono de una ayuda económica destinada a compensar, en parte, los
gastos abonados en cualesquiera de los conceptos incluidos en las presentes bases u otros
similares determinados por la Comisión de Acción Social, tanto si los gastos traen causa del
propio empleado como si se han ocasionado por causa de cualquier otro miembro de su unidad familiar.
2. Tratamientos o servicios objeto de la ayuda
Se incluyen en la presente ayuda los conceptos que a continuación se relacionan:
— Línea I. Aparatos ópticos.
• Gafas o cristales para gafas. (graduadas).
• Gafas bifocales o progresivas.
• Lentes de contacto (excluidas las de color).
— Línea II. Auditivos y dentales.
• Aparatos auditivos.
• Arreglos, prótesis y tratamientos dentales.
• Ortodoncias.
— Línea III.
• Tratamiento fisioterapéutico u osteopático.
— Línea IV.
• Tratamiento médico no cubierto por la Seguridad Social.
Quedan excluidos los gastos farmacéuticos.
3. Requisitos
El miembro de la unidad familiar para el que se solicita la ayuda debe estar dado de
alta en la Declaración de la Unidad Familiar como beneficiario el día en que se presente la
solicitud.
Los tratamientos señalados en la Línea IV, para los que se solicita la ayuda, deben haber sido prescritos por un facultativo del Sistema Público de Salud, como necesarios, especificando el diagnóstico y tratamiento efectuado, en su caso.
Para todas las ayudas: factura original expedida, en la que constará el nombre o razón
social, CIF o NIF, domicilio y localidad de quien expide la factura, importe, número de factura y concepto por el que se emite, debidamente desglosado, así como el nombre, apellidos y DNI del beneficiario y la fecha de expedición de la factura; estará sellada y firmada
por el expendedor.
— Línea I (Ayuda de gastos oculares):
• Original de la factura y desglose, en su caso, de los conceptos incluidos en las
ayudas.
Si se adquiere solo montura, se especificará que la montura es de gafa graduada.
— Línea II (Ayuda de gastos auditivos y dentales):
• Original de la factura desglosada.
BOCM-20211020-56
4. Documentación que debe acompañarse
B.O.C.M. Núm. 250
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 20 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 245
día siguiente a la notificación, subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos,
con indicación de que, si así no lo hiciesen, se les tendrá por desistidos de su petición.
Una vez finalizado el plazo de subsanación previsto en el apartado anterior, se dictará
la correspondiente resolución, que irá acompañada de un anexo en el que se relacionarán
los solicitantes a los que se conceda la ayuda. Dicha resolución se aprobará por la Comisión de Acción Social del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial.
ANEXO I
AYUDAS ASISTENCIALES
1. Objeto de la ayuda
Consistirá en el abono de una ayuda económica destinada a compensar, en parte, los
gastos abonados en cualesquiera de los conceptos incluidos en las presentes bases u otros
similares determinados por la Comisión de Acción Social, tanto si los gastos traen causa del
propio empleado como si se han ocasionado por causa de cualquier otro miembro de su unidad familiar.
2. Tratamientos o servicios objeto de la ayuda
Se incluyen en la presente ayuda los conceptos que a continuación se relacionan:
— Línea I. Aparatos ópticos.
• Gafas o cristales para gafas. (graduadas).
• Gafas bifocales o progresivas.
• Lentes de contacto (excluidas las de color).
— Línea II. Auditivos y dentales.
• Aparatos auditivos.
• Arreglos, prótesis y tratamientos dentales.
• Ortodoncias.
— Línea III.
• Tratamiento fisioterapéutico u osteopático.
— Línea IV.
• Tratamiento médico no cubierto por la Seguridad Social.
Quedan excluidos los gastos farmacéuticos.
3. Requisitos
El miembro de la unidad familiar para el que se solicita la ayuda debe estar dado de
alta en la Declaración de la Unidad Familiar como beneficiario el día en que se presente la
solicitud.
Los tratamientos señalados en la Línea IV, para los que se solicita la ayuda, deben haber sido prescritos por un facultativo del Sistema Público de Salud, como necesarios, especificando el diagnóstico y tratamiento efectuado, en su caso.
Para todas las ayudas: factura original expedida, en la que constará el nombre o razón
social, CIF o NIF, domicilio y localidad de quien expide la factura, importe, número de factura y concepto por el que se emite, debidamente desglosado, así como el nombre, apellidos y DNI del beneficiario y la fecha de expedición de la factura; estará sellada y firmada
por el expendedor.
— Línea I (Ayuda de gastos oculares):
• Original de la factura y desglose, en su caso, de los conceptos incluidos en las
ayudas.
Si se adquiere solo montura, se especificará que la montura es de gafa graduada.
— Línea II (Ayuda de gastos auditivos y dentales):
• Original de la factura desglosada.
BOCM-20211020-56
4. Documentación que debe acompañarse