Madrid (BOCM-20201106-44)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Estudio detalle parcela
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 272
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
BOCM-20201106-44
Número de expediente: 135/2020/00810.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada 1 de octubre
de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente la modificación del estudio de detalle 16.384 para la parcela situada en la calle de Chicuelo, número 17, distrito de Hortaleza, promovido por Fundación Estudio, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 en relación con el artículo 60 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid.
Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de
veinte días, mediante la inserción de anuncio en el “BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID” y en uno de los periódicos de mayor difusión, para que puedan presentarse en
el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos de conformidad con lo
previsto en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de
Madrid y preceptos concordantes.
Tercero.—Remitir el documento técnico a la Consejería competente en materia de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, a los efectos previstos en el artículo 57.d) de la
referida Ley 9/2001, de Suelo de la Comunidad de Madrid y en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
Cuarto.—Notificar individualmente a todas las personas propietarias afectadas el presente acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 b).1.o de la Ley 9/2001,
de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid.
Quinto.—Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas que, incluidas en el ámbito comprendido en la modificación del Estudio de Detalle, pudieran resultar afectadas por sus
determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001
y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio.
Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se
consideren interesadas puedan examinar el expediente, en los Servicios de Información Urbanística del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, calle Ribera del Sena, número 21, así
como en los canales de información urbanística de la página web del Ayuntamiento de
Madrid (madrid.es), en los apartados de Gobierno (información pública y otros acuerdos)
o dentro de Vivienda y Urbanismo (visualizador urbanístico), en las mañanas de los días
hábiles durante el plazo señalado, computable desde el día siguiente a la publicación de este
Anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y formular por escrito
cuantas alegaciones estimen conveniente a su derecho.
Madrid, a 23 de octubre de 3030.—La Directora de la Oficina del Secretario de La Junta de Gobierno, P. S. (Acuerdo de 16 de julio de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad
de Madrid), Carmen Toscano Ramiro.
(02/28.174/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 100
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VIERNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 272
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
44
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
BOCM-20201106-44
Número de expediente: 135/2020/00810.
La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada 1 de octubre
de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:
Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente la modificación del estudio de detalle 16.384 para la parcela situada en la calle de Chicuelo, número 17, distrito de Hortaleza, promovido por Fundación Estudio, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 en relación con el artículo 60 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid.
Segundo.—Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de
veinte días, mediante la inserción de anuncio en el “BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID” y en uno de los periódicos de mayor difusión, para que puedan presentarse en
el referido plazo las alegaciones que se estimen oportunas y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos de conformidad con lo
previsto en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de
Madrid y preceptos concordantes.
Tercero.—Remitir el documento técnico a la Consejería competente en materia de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, a los efectos previstos en el artículo 57.d) de la
referida Ley 9/2001, de Suelo de la Comunidad de Madrid y en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.
Cuarto.—Notificar individualmente a todas las personas propietarias afectadas el presente acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 b).1.o de la Ley 9/2001,
de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid.
Quinto.—Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas que, incluidas en el ámbito comprendido en la modificación del Estudio de Detalle, pudieran resultar afectadas por sus
determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001
y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio.
Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se
consideren interesadas puedan examinar el expediente, en los Servicios de Información Urbanística del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, calle Ribera del Sena, número 21, así
como en los canales de información urbanística de la página web del Ayuntamiento de
Madrid (madrid.es), en los apartados de Gobierno (información pública y otros acuerdos)
o dentro de Vivienda y Urbanismo (visualizador urbanístico), en las mañanas de los días
hábiles durante el plazo señalado, computable desde el día siguiente a la publicación de este
Anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y formular por escrito
cuantas alegaciones estimen conveniente a su derecho.
Madrid, a 23 de octubre de 3030.—La Directora de la Oficina del Secretario de La Junta de Gobierno, P. S. (Acuerdo de 16 de julio de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad
de Madrid), Carmen Toscano Ramiro.
(02/28.174/20)
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ISSN 1989-4791