Navarredonda y San Mamés (BOCM-20201106-64)
Régimen económico. Ordenanza fiscal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 126
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 272
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
64
NAVARREDONDA Y SAN MAMÉS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20201106-64
El Pleno del Ayuntamiento de Navarredonda y San Mamés, en su sesión celebrada con
fecha 17 de octubre de 2020, acordó la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza municipal de las tasas por prestaciones de servicios en los cementerios municipales de
Navarredonda y San Mamés.
Lo que se hace público para su general conocimiento y para todos aquellos que se consideren interesados puedan presentar las reclamaciones que estimen pertinentes en la Secretaría del Ayuntamiento, donde la citada modificación de la ordenanza permanecerá expuesta al público durante el plazo de treinta días contados a partir del día siguiente al de la
publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, todo
ello de conformidad con lo establecido en los artículos 17 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
En Navarredonda, a 22 de octubre de 2020.—El alcalde-presidente, José María Fernández
Martín.
(03/28.226/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 126
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VIERNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 272
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AYUNTAMIENTO DE
64
NAVARREDONDA Y SAN MAMÉS
RÉGIMEN ECONÓMICO
BOCM-20201106-64
El Pleno del Ayuntamiento de Navarredonda y San Mamés, en su sesión celebrada con
fecha 17 de octubre de 2020, acordó la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza municipal de las tasas por prestaciones de servicios en los cementerios municipales de
Navarredonda y San Mamés.
Lo que se hace público para su general conocimiento y para todos aquellos que se consideren interesados puedan presentar las reclamaciones que estimen pertinentes en la Secretaría del Ayuntamiento, donde la citada modificación de la ordenanza permanecerá expuesta al público durante el plazo de treinta días contados a partir del día siguiente al de la
publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, todo
ello de conformidad con lo establecido en los artículos 17 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
En Navarredonda, a 22 de octubre de 2020.—El alcalde-presidente, José María Fernández
Martín.
(03/28.226/20)
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ISSN 1989-4791