Paracuellos de Jarama (BOCM-20201106-66)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 272

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2020

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
66

PARACUELLOS DE JARAMA
RÉGIMEN ECONÓMICO

Aprobada resolución de fecha 13 de octubre de 2020, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones que otorga el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama para actividades y funcionamiento de las asociaciones de ámbito mayores durante el año 2020.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

Primero. Beneficiarios.—Podrán solicitar subvención, con base a esta normativa, las
asociaciones, fundaciones y entidades análogas del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama, que en el ámbito de mayores, presenten programas, proyectos y actividades que tengan
una finalidad social de interés general para el municipio. Todas ellas deberán de figurar inscritas en el registro de asociaciones del Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama.
Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Tener sede en el término municipal de Paracuellos de Jarama.
b) Tener objetivos y finalidades que se adecuen al objeto señalado el apartado 1 de la
presente convocatoria.
c) Haber justificado correctamente las subvenciones concedidas en años anteriores
por el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama.
d) No estar incursas en ninguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 13 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Segundo. Objeto.—La Concejalía de Servicios, Mujer y Mayores del Ayuntamiento
de Paracuellos de Jarama, con el objetivo de hacer efectiva la presencia de asociaciones en
el ámbito de mayores, considera oportuno el apoyo a programas, proyectos y actividades
que tengan una finalidad social.
La finalidad de estas subvenciones es dinamizar y colaborar con la financiación de estas asociaciones, fomentar y promover las actividades y eventos que organizan en los diferentes ámbitos de la vida municipal, todo ello de conformidad con lo recogido en la ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones del Ayuntamiento de
Paracuellos de Jarama.
No se concederán subvenciones para inversiones en infraestructuras, obras o acondicionamiento de locales destinados a la realización de estos programas o proyectos.
No serán objeto de subvención las actividades que no se desglosen en el correspondiente proyecto/descripción de la actividad.
Tercero. Bases reguladoras.—Pueden consultarse en la BDNS y en la página web
municipal.
Cuarto. Cuantía.—El importe total máximo destinado a esta subvención es un total
de 6.000 euros, con cargo a la siguiente aplicación 104 2312 489.01 “Mayores Instituciones sin fines de lucro”.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Las solicitudes de subvención y el resto
de documentación exigida por esta convocatoria se presentarán, dentro del plazo de quince días
hábiles a partir del día siguiente de la publicación del anuncio del extracto de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en el Registro del Ayuntamiento
(plaza de San Pedro, sin número, Paracuellos de Jarama, en horario de 9:00 a 14:00) o por cualesquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Paracuellos de Jarama, a 13 de octubre de 2020.—El alcalde, Jorge Alberto Campos Astrúa.
(03/28.842/20)
http://www.bocm.es

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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BDNS: 528780