Madrid (BOCM-20201106-43)
Régimen económico. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Concesión subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 272

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2020

Pág. 99

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43

MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

BOCM-20201106-43

Resolución de 5 de noviembre de 2020, de la directora general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, por la que se ordena la publicación de las resoluciones de concesión
definitiva de subvención a beneficiarios de las ayudas convocadas por Decreto de 4 de junio de 2020, del delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, por el que se aprueba la Convocatoria Pública de Subvenciones 2020 con destino a actuaciones de adaptación
de las viviendas para personas con movilidad reducida o discapacidad sensorial en la ciudad de Madrid, “Plan Adapta Madrid 2020”.
De conformidad con el artículo 24.2 del Decreto de 4 de junio de 2020, del delegado
del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, por el que se aprueba la Convocatoria Pública con destino a actuaciones de adaptación de las viviendas para personas con movilidad
reducida o discapacidad sensorial en la ciudad de Madrid, “Plan Adapta Madrid 2020”, y
el artículo 29 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de fecha 30 de octubre de 2013, el decreto de concesión definitiva se publicará en la BDNS, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de
Madrid”, en este último junto con su anexo. Además, se podrá consultar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es), de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En las fechas que se indican en cada caso el delegado del Área de Gobierno de Desarrollo
Urbano ha dictado decreto de concesión definitiva de subvención para cada uno de los beneficiarios del anexo, y que incluye en cada caso la ayuda concedida y la fecha de concesión definitiva
(anexo publicado en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, https://sede.madrid.es).
El texto íntegro del acto recaído se encuentra disponible en la Dirección General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, Servicio de Rehabilitación del Ayuntamiento de
Madrid, calle Ribera del Sena, número 21, 28042 Madrid.
Dicha resolución pone fin a la vía administrativa, según dispone el artículo 28.4 de la
Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el
Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de fecha 30 de octubre de 2013, pudiendo interponerse contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el
órgano que la dictó en el plazo de un mes (artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o
directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados ambos
plazos desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los
interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.
En Madrid, a 5 de noviembre de 2020.—La directora general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, Isabel Calzas Hernández.
(01/29.652/20)

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791