C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20201106-15)
Puesto funcionario habilitación nacional – Resolución de 7 de octubre de 2020, del Director General de Administración Local, sobre la supresión del puesto de colaboración, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, denominado Vicesecretaria, del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid
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BOCM
Pág. 58
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 272
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Vivienda y Administración Local
RESOLUCIÓN de 7 de octubre de 2020, del Director General de Administración
Local, sobre la supresión del puesto de colaboración, reservado a funcionarios
de Administración Local con habilitación de carácter nacional, denominado Vicesecretaria, del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid.
Visto el expediente remitido por el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid escrito de
fecha 28 de septiembre de 2020, remite la documentación relativa a la supresión del puesto de colaboración denominado Vicesecretaria, reservado a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, que actualmente se encuentra vacante.
Visto que en el expediente consta: certificado de Secretaria del acuerdo de la Junta de
Gobierno Local de fecha 28 de agosto de 2020, por el que se acuerda la amortización del
puesto de colaboración denominado Vicesecretaria, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional; certificado de Secretaria del acuerdo de
Pleno de 16 de julio de 2020, por el que se acuerda la amortización del puesto.
Visto que dichos puestos se definen como aquellos que las Corporaciones Locales pueden crear discrecionalmente para el ejercicio de las funciones de colaboración inmediata a
las de Secretaría, Intervención y Tesorería correspondiendo su clasificación a las Comunidades Autónomas.
Visto que el artículo 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de
carácter nacional, establece en su apartado primero, “Las Entidades Locales podrán crear
otros puestos de trabajo que tengan atribuidas funciones de colaboración inmediata y auxilio a las de Secretaría, Intervención y Tesorería”. Estos puestos de trabajo estarán reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y ejercerán sus funciones bajo la dependencia funcional y jerárquica del titular de la Secretaría,
Intervención o Tesorería, respectivamente.
Visto que el artículo 15.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, le atribuye a las
Comunidades Autónomas la clasificación de los puestos de colaboración.
De conformidad con lo expuesto, la competencia para la supresión del puesto de colaboración le corresponde al Ayuntamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 15
del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, “en virtud de su potestad de autoorganización,
al poder ser creados discrecionalmente por las Entidades Locales y, por ende, poder suprimirlos, dado que no son puestos obligatorios”. Mientras que la competencia para su clasificación le corresponde a la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en el
artículo 15.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, limitándose a determinar la subescala y categoría que corresponde al puesto, y esta se realizará a propuesta del Ayuntamiento en base a parámetros de presupuesto y población que se determinan en el propio
artículo 15, y debiendo publicarse en los diarios oficiales correspondientes.
Así pues, que, en relación al expediente de supresión del puesto de colaboración denominado Vicesecretaria del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, se debe concluir que la
competencia para la supresión del puesto corresponde al propio Ayuntamiento, mientras
que la clasificación le corresponde a la Comunidad de Madrid.
Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.
Considerando que esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 273/2019, de 22 de octubre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda y Administración Local,
HE RESUELTO
1. Dar publicidad en virtud de las competencias de clasificación atribuidas a la Comunidad Autónoma en los artículos 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que
se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2020
B.O.C.M. Núm. 272
I. COMUNIDAD DE MADRID
C) Otras Disposiciones
Consejería de Vivienda y Administración Local
RESOLUCIÓN de 7 de octubre de 2020, del Director General de Administración
Local, sobre la supresión del puesto de colaboración, reservado a funcionarios
de Administración Local con habilitación de carácter nacional, denominado Vicesecretaria, del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid.
Visto el expediente remitido por el Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid escrito de
fecha 28 de septiembre de 2020, remite la documentación relativa a la supresión del puesto de colaboración denominado Vicesecretaria, reservado a funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, que actualmente se encuentra vacante.
Visto que en el expediente consta: certificado de Secretaria del acuerdo de la Junta de
Gobierno Local de fecha 28 de agosto de 2020, por el que se acuerda la amortización del
puesto de colaboración denominado Vicesecretaria, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional; certificado de Secretaria del acuerdo de
Pleno de 16 de julio de 2020, por el que se acuerda la amortización del puesto.
Visto que dichos puestos se definen como aquellos que las Corporaciones Locales pueden crear discrecionalmente para el ejercicio de las funciones de colaboración inmediata a
las de Secretaría, Intervención y Tesorería correspondiendo su clasificación a las Comunidades Autónomas.
Visto que el artículo 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de
carácter nacional, establece en su apartado primero, “Las Entidades Locales podrán crear
otros puestos de trabajo que tengan atribuidas funciones de colaboración inmediata y auxilio a las de Secretaría, Intervención y Tesorería”. Estos puestos de trabajo estarán reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y ejercerán sus funciones bajo la dependencia funcional y jerárquica del titular de la Secretaría,
Intervención o Tesorería, respectivamente.
Visto que el artículo 15.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, le atribuye a las
Comunidades Autónomas la clasificación de los puestos de colaboración.
De conformidad con lo expuesto, la competencia para la supresión del puesto de colaboración le corresponde al Ayuntamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 15
del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, “en virtud de su potestad de autoorganización,
al poder ser creados discrecionalmente por las Entidades Locales y, por ende, poder suprimirlos, dado que no son puestos obligatorios”. Mientras que la competencia para su clasificación le corresponde a la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en el
artículo 15.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, limitándose a determinar la subescala y categoría que corresponde al puesto, y esta se realizará a propuesta del Ayuntamiento en base a parámetros de presupuesto y población que se determinan en el propio
artículo 15, y debiendo publicarse en los diarios oficiales correspondientes.
Así pues, que, en relación al expediente de supresión del puesto de colaboración denominado Vicesecretaria del Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, se debe concluir que la
competencia para la supresión del puesto corresponde al propio Ayuntamiento, mientras
que la clasificación le corresponde a la Comunidad de Madrid.
Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.
Considerando que esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 273/2019, de 22 de octubre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Vivienda y Administración Local,
HE RESUELTO
1. Dar publicidad en virtud de las competencias de clasificación atribuidas a la Comunidad Autónoma en los artículos 15 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que
se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación
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