Madrid número 9 (BOCM-20201106-123)
Procedimiento 572/2019
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 272
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2020
Pág. 195
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
123
MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 9 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 572/2019 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. SANTIAGO RODRIGUEZ HERRANZ frente a INMOBILIARIA
DE PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES PEREZ PILLADO SL sobre Procedimiento
Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
En Madrid a ocho de octubre de dos mil veinte.
D. JOSÉ MARÍA REYERO SAHELICES Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n°
9 del Juzgado y localidad o provincia MADRID tras haber visto los presentes autos sobre
Procedimiento Ordinario entre partes, de una y como demandante D. SANTIAGO RODRIGUEZ HERRANZ, que comparece asistido del Letrado D. PEDRO FECED MARTINEZ y
de otra como demandado INMOBILIARIA DE PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES PEREZ PILLADO SL que no comparece estando citada en legal forma.
EN NOMBRE DEL REY
Ha dictado la siguiente
SENTENCIA Nº: 300/2020
FALLO
Que ESTIMANDO la demanda formulada por D. SANTIAGO RODRIGUEZ HERRANZ frente a INMOBILIARIA DE PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES PÉREZ PILLADO, S.L, sobre Reclamación de Cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 1.595,59 euros con más el 10% de interés legal de mora.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no podrán interponer Recurso alguno.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a INMOBILIARIA DE
PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES PEREZ PILLADO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a trece de octubre de dos mil veinte.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/26.314/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20201106-123
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
B.O.C.M. Núm. 272
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2020
Pág. 195
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
123
MADRID NÚMERO 9
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE
JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 9 de Madrid.
Hago saber: Que en el procedimiento 572/2019 de este juzgado de lo Social, seguido
a instancia de D./Dña. SANTIAGO RODRIGUEZ HERRANZ frente a INMOBILIARIA
DE PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES PEREZ PILLADO SL sobre Procedimiento
Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:
En Madrid a ocho de octubre de dos mil veinte.
D. JOSÉ MARÍA REYERO SAHELICES Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n°
9 del Juzgado y localidad o provincia MADRID tras haber visto los presentes autos sobre
Procedimiento Ordinario entre partes, de una y como demandante D. SANTIAGO RODRIGUEZ HERRANZ, que comparece asistido del Letrado D. PEDRO FECED MARTINEZ y
de otra como demandado INMOBILIARIA DE PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES PEREZ PILLADO SL que no comparece estando citada en legal forma.
EN NOMBRE DEL REY
Ha dictado la siguiente
SENTENCIA Nº: 300/2020
FALLO
Que ESTIMANDO la demanda formulada por D. SANTIAGO RODRIGUEZ HERRANZ frente a INMOBILIARIA DE PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES PÉREZ PILLADO, S.L, sobre Reclamación de Cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor la suma de 1.595,59 euros con más el 10% de interés legal de mora.
Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no podrán interponer Recurso alguno.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a INMOBILIARIA DE
PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES PEREZ PILLADO SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
En Madrid, a trece de octubre de dos mil veinte.
LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/26.314/20)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de
la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo
las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o
resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.