Madrid número 7 (BOCM-20201106-113)
Procedimiento 145/2019
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 272
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2020
Pág. 185
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO MERCANTIL DE
113
MADRID NÚMERO 7
EDICTO
BOCM-20201106-113
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario entre Rexel Spain, S. L.,
y D. Isolino Vila Blanco, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
Estimo íntegramente la demanda interpuesta por Rexel Spain, S. L., contra Isolino Vila
Blanco, por lo que condeno a pagar:
1. La cantidad de 16.612,91 euros.
2. Todas aquellas cuantías que se devenguen, en concepto de intereses y costas procesales contra la empresa Reach Arch Ivb, S. L., en:
a) El procedimiento cambiario, 181/2001 tramitados ante el Juzgado de primera Instancia 59 de Madrid y su posterior ETJ.
b) El juicio ejecutivo 659/2000 tramitadas ante el Juzgado de primera instancia número 4 de Madrid y su posterior ETJ.
3. El pago de todas las costas devengadas en este procedimiento.
Con expresa condena de los demandados al pago de las costas causadas en esta instancia.
Y para que sirva de notificación al demandado rebelde D. Isolino Vila Blanco, expido
y firmo la presente en Madrid, a 22 de octubre de 2020.—El letrado de la Administración
de Justicia (firmado).
(02/28.149/20)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 272
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VIERNES 6 DE NOVIEMBRE DE 2020
Pág. 185
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO MERCANTIL DE
113
MADRID NÚMERO 7
EDICTO
BOCM-20201106-113
En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario entre Rexel Spain, S. L.,
y D. Isolino Vila Blanco, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:
Estimo íntegramente la demanda interpuesta por Rexel Spain, S. L., contra Isolino Vila
Blanco, por lo que condeno a pagar:
1. La cantidad de 16.612,91 euros.
2. Todas aquellas cuantías que se devenguen, en concepto de intereses y costas procesales contra la empresa Reach Arch Ivb, S. L., en:
a) El procedimiento cambiario, 181/2001 tramitados ante el Juzgado de primera Instancia 59 de Madrid y su posterior ETJ.
b) El juicio ejecutivo 659/2000 tramitadas ante el Juzgado de primera instancia número 4 de Madrid y su posterior ETJ.
3. El pago de todas las costas devengadas en este procedimiento.
Con expresa condena de los demandados al pago de las costas causadas en esta instancia.
Y para que sirva de notificación al demandado rebelde D. Isolino Vila Blanco, expido
y firmo la presente en Madrid, a 22 de octubre de 2020.—El letrado de la Administración
de Justicia (firmado).
(02/28.149/20)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791